Aprobaron exención para damnificados del temporal

El beneficio tributario es para las tasas de higiene urbana, comercio e industria, ingresos brutos, pavimento e impuesto inmobiliario. Este último será prorrogado por 180 días más si lo mismo ocurre con el estado de emergencia. Además, se prohibió la venta y uso de pirotecnia y se emitió una declaración en repudio por el fallo de la Corte Suprema respecto a las condenas de genocidas.
Con varios despachos de comisión, la sesión de anoche se centró en dos temas importantes: la eximición de impuestos municipales para damnificados por el temporal y la prohibición de venta mayorista y minorista de pirotecnia en todo el ejido de Comodoro Rivadavia.
El proyecto de eximición de impuestos para familias damnificadas fue aprobado por unanimidad. En cuanto a la eximición del pago de las obligaciones correspondientes al Impuesto Inmobiliario y/o Derecho de Ocupante, se aprobó por el plazo de 180 días contabilizados a partir del 1 de mayo de 2017. Dicha eximición se prorrogará automáticamente por un plazo de 180 días adicionales, de ocurrir lo propio con la Emergencia Económica, Social, Administrativa y Financiera aprobada por el último 5 de abril en sesión extraordinaria.
En cuanto al correspondiente a la Tasa de Higiene Urbana también se estableció un plazo de 180 días pero improrrogable, teniendo en cuenta que es un servicio que la empresa le continúa cobrando al Municipio.
En cuanto al pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Tasa de Comercio e Industria se fijó una eximición por el plazo de 6 meses a quienes se encuentren dentro de las zonas afectadas, y cuya facturación anual del período fiscal anterior no supere la suma de 4.8 millones de pesos.
A su vez, se suspendió por el plazo de seis meses el pago de las cuotas correspondientes a planes de pago por la Contribución de Pavimento y/o Cordón Cuneta; y también se suspendieron los vencimientos de la Tasa de higiene urbana y Tasa de comercio e industria.

BASTA DE PIROTECNIA
Con la presencia de familiares de niños autistas en el recinto, se aprobó por unanimidad el proyecto que ya tenía despacho redactado por la concejal Adriana Casanova, el cual establece la prohibición de la utilización, fabricación, comercialización, depósito y venta de cualquier tipo de pirotecnia en todo el ejido de Comodoro Rivadavia.
Quedan exceptuados los eventos destinados al entretenimiento de la comunidad, espectáculos musicales al aire libre, actos conmemorativos y utilización de pirotecnia para señales de auxilio.
La ordenanza que deberá ser reglamentada y promulgada por el Poder Ejecutivo, establece multas de 40 mil pesos y el decomiso de la mercadería para los infractores.
"Lo que terminó de definir hacia el sentido de la prohibición fue escuchar a las madres de chicos autistas que participaron activamente en el proyecto y sirvió para el consenso de los tres bloques", explicó Casanova.
En este sentido argumentó que, "más allá del sufrimiento de los animales y de los daños materiales que puede producir la pirotecnia, no nos podemos divertir mientras hay chicos sufriendo, con serios problemas de trastornos, cuando tiran pirotecnia".
Por su parte, el concejal de Cambiemos, José Gaspar, celebró la aprobación de esta ordenanza y pidió que "desde el órgano de aplicación se apliquen los controles necesarios para cumplir con esta ordenanza, preservando la salud de las personas" y también bregó por "que haya conciencia social y no haya venta y compra clandestina".

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