Condenaron a Rúa a 8 años y medio de prisión

En horas de esta mañana se llevó a cabo en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de cesura respecto al suceso acontecido el pasado, que tiene declarado penalmente responsable a Cristian Rúa.

Los acusadores público y privado pidieron la pena de 10 años de prisión para Rúa, en tanto que el defensor requirió se le imponga el mínimo de la pena establecida para el delito de homicidio, ocho años.

El tribunal de debate fue presidido por Raquel Tassello e integrado por Miguel Caviglia y Daniela Acuri, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal asistió Marcelo Cretton, fiscal general; la querella en representación de la madre de la víctima fue ejercida por Daniel López; en tanto que la defensa del imputado por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.

El pasado lunes el tribunal resolvió por unanimidad declarar a Rúa penalmente responsable del homicidio de Mauro Villagra. Finalmente el tribunal resolvió aplicar la pena de ocho años y seis meses de prisión a Cristian Rúa, considerando como agravante la cantidad de lesiones provocadas a la víctima y el modo artero en que fueron realizadas, Villagra no pudo defenderse. Consideraron la juventud como un elemento neutro. Asimismo consideraron como atenuante la falta de antecedentes penales de Rúa y también su adolescencia difícil, marcada por la soledad. Por último el tribunal dispuso mantener la prisión preventiva del condenado hasta que la sentencia pase en calidad de cosa juzgada.

Dentro de la prueba ofrecida para esta segunda parte del debate se escuchó la palabra del tío de Rúa quién sostuvo que "queremos que sea un juicio justo, para la familia de Mauro y para nuestra familia. No justifico la muerte de nadie".

Por su parte, en su alegato el fiscal Cretton solicitó la pena de 10 años de prisión ya que Rúa ha sido declarado penalmente responsable de homicidio. En tanto, el querellante adhirió a lo manifestado por el fiscal y solicitó una pena de 10 años de prisión en base al agravante del uso de arma blanca, la ubicación de las lesiones y la extensión del daño, "Villagra era una persona joven con dos hijos menores", dijo.

En contraposición, la defensa sostuvo que "no hay ninguna razón para apartarse del mínimo de la pena. Los agravantes se compensan con la cantidad de atenuantes que subsisten", enfatizó. Por lo cual, concluyó que la pena no debería superar los ocho años de prisión.

EL CASO

El homicidio se produjo a la 1 de la mañana del miércoles 13 de mayo del año pasado, cuando Mauro Villagra y dos amigos se acercaron "al Sector 5 del barrio 30 de Octubre para comprar cerveza".

En ese escenario -según el relato oficial- fueron interceptados por cinco personas entre las que se encontraba Cristian Rúa y se produjo un enfrentamiento mediante golpes de puño, hasta que en un momento Rúa extrajo un arma blanca y arrojó puntazos contra Villagra, produciéndole cuatro heridas. Una de ellas lesionó el corazón y otras dos fueron en la espalda.

Tras producir el daño, Rúa se fue hasta el palier de un edificio, mientras que la víctima debió ser trasladada al Hospital Regional, donde falleció como consecuencia de las heridas recibidas.

La calificación jurídica escogida por la Fiscalía fue la de "homicidio simple en calidad de autor" y en la acusación pública se fijó una pretensión punitiva de 10 años de prisión.

En la causa, además, existe como medida de prueba un reconocimiento de personas que fue realizado con dos testigos, los cuales señalaron sin dudas al imputado como el autor del homicidio.

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