El PTP y el PACh reclamarán judicialmente por el recuento de votos de las PASO

La piedra de la discordia son los votos en blanco que el tribunal electoral computa como válidamente emitidos y que eleva el piso del 1,5% impuesto para pasar a las elecciones generales. Esos partidos reclaman que a nivel nacional solo se computa el 1,5% de los votos "afirmativos", dejando fuera a los blancos. Con este último criterio, tanto el PTP como el PACh tienen el margen necesario para alcanzar el porcentaje requerido, al menos en las categorías municipales.
Magalí Stoyanoff encabeza la lista municipal del PTP y Claudio Sandoval la del Partido de Acción Chubutense, dos fuerzas que el Tribunal Electoral Municipal (TEM) computó como fuera de las elecciones generales del 25 de octubre por no haber alcanzado el piso del 1,5% de los votos válidamente emitidos en las Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO) del domingo 9 de agosto.
Sin embargo el referente del PTP, Marcelo Barab, encabeza el reclamo que esta semana que comienza llegará a instancias del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para que se aplique el mismo criterio que en la esfera nacional para contabilizar ese mínimo de votos.
Sucede que en esa instancia lo que se computa es el mismo 1,5%, aunque de los "votos afirmativos válidamente emitidos". La clave está en el término "afirmativos" que diferencia ambos criterios, dado que en este último caso deja afuera de la cifra global el voto en blanco -de gran incidencia en los últimos comicios en Chubut- con lo que mueve bastante más abajo el universo de votos sobre el que establecer el porcentual "filtro".
Más aún, con este último criterio los 1.370 votos conseguidos por el PTP pasarían a equivaler a un 1,76% del total, mientras que los 1.527 obtenidos por el PACh serían un 1,97%, dejando a ambas fuerzas habilitadas para estar en el cuarto oscuro de octubre y a competir por los cargos municipales.

INTERPRETACION
Hay que destacar además que a la distinción de voto "afirmativo" válidamente emitido, ambas fuerzas políticas agregan que el Código Nacional Electoral define en su artículo 101 cuáles son los sufragios así considerados, mientras que de modo separado enumera otros cuatro tipos de votos que incluye a los blancos, nulos, impugnados y recurridos.
"Ese es el criterio que toma la Dirección Nacional Electoral y no puede ser distinto el que se aplica en la provincia o en el municipio", reclamó Barab, indicando que en este caso "se viola la Constitución Nacional y el Código Electoral Nacional; entonces acá hay una cuestión puramente política porque no quieren que los partidos populares como los nuestros planteen los problemas de Comodoro", consideró.
En ese contexto, efectuarán esta semana una presentación ante el Superior Tribunal de Justicia, tal y como lo habían hecho ante el TEM el 20 de agosto. "Se va a elegir Presidente nacional con un criterio sin tomar los votos en blanco, que sí se toman para unas PASO en Comodoro. Esto no está separado de la política, la crisis y el ajuste que vivimos", reclamó Barab.

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