Elevan a juicio la causa contra el exfuncionario municipal de Sarmiento

El Juez Alejandro Rosales, dictó el auto de apertura de juicio oral y público respecto de Carlos Alberto Cervino (57). Las partes trataron las calificaciones y medios de prueba testimoniales y documentales, durante la audiencia preliminar efectuada el último lunes. En tanto, hoy el magistrado informó su resolución.

El Juez Alejandro Rosales explicó en la audiencia de hoy que la acusadora pública cuenta con una argumentación razonable, y ha reunido durante la investigación elementos de convicción suficientemente aptos y aceptables para llegar al juicio oral y público que impulsa. En este contexto, declaró admisible la totalidad de prueba ofrecida por la Fiscalía.

Asimismo indicó que la pretensión punitiva de la acusadora, de tres años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua, y alternativamente la pena de tres años de prisión -que son compatibles con las calificaciones legales que asignara a los hechos- corresponde el juzgamiento por un tribunal unipersonal. Por otra parte, dispuso el sobreseimiento parcial del imputado en relación hechos por lo que no fue acusado. También rechazó por improcedente la conciliación, reparación, y suspensión de juicio a prueba solicitada por el abogado defensor Francisco Romero. Esta misma decisión mantuvo para rechazar la excepción de falta de acción deducida por la defensa.

Se debe recordar que La Fiscalía presentó una acusación pública principal, cuya calificación legal contra Cervino, fue la de presunto autor del delito de peculado. Asimismo propuso una acusación alternativa por el delito de administración fraudulenta.

En tanto, el abogado defensor Francisco Romero, había propuesto las alternativas de conciliación, reparación económica y suspensión de juicio a prueba.

LOS HECHOS

La investigación realizada por la Fiscalía señala que desde el año 2011, Carlos Cervino actuaba como funcionario público, tomando intervención en varias ejecuciones fiscales por deudas de impuestos. El abogado había sido designado Asesor Legal de la Municipalidad de Sarmiento, en diciembre de ese año, mediante resolución 1436/11, suscripta por el ex intendente Sebastián Ángel Balochi y Héctor Luis Serrats, Secretario Coordinador de Gabinete de la Municipalidad de Sarmiento.

En este sentido, los investigadores sostienen que dichas actuaciones, se tramitaron ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Rural y de Minería.

Castagno afirmó que en las ejecuciones donde existían fondos , se solicitaba que se libre orden de pago a nombre del acusado.

Estas órdenes eran suscriptas por el Juez y Secretaria actuantes en dicho Tribunal, y entregadas a Cervino bajo constancia. Luego, el abogado concurría al Banco del Chubut Sucursal Sarmiento y procedía a cobrarlas en su totalidad por ventanilla. A excepción de una de ellas, que fue depositada en su caja de ahorro personal.

Para la Fiscalía, en todos los casos las sumas percibidas por Cerbino- quien representaba a la Municipalidad de Sarmiento mediante poder general para juicios y asuntos administrativos- no fueron ingresadas a las arcas municipales.

La parte investigadora sostiene que mediante esta operación, se alcanzó un total de ciento noventa y un mil, ciento noventa y ocho pesos, con sesenta y tres centavos. ($ 191.198.63), que no ingresaron a las cuentas del estado municipal

En este marco, la representante el Ministerio Publico Fiscal reiteró que la calificación legal provisora escogida sobre la conducta que se atribuye al denunciado, fue la de la comisión del delito de peculado en calidad de autor (Artículos 261 y 45 del Código Penal).

En este caso la calificación jurídica principal contra Cervino, es la de presunto autor de los delitos de peculado en concurso real y en calidad de autor, (Articulo. 261, 55 y 45 del Código Penal) en 18 hechos.

En segundo orden, la representante del Ministerio Publico Fiscal, presentó una acusación alternativa basada en la investigación de 18 hechos. La Fiscal general agregó que esta hipótesis se sustenta con el análisis que se realizó de las constancias que se encuentran incorporadas al legajo fiscal que permiten reconstruir lógicamente el acontecer de los hechos y tiene apoyatura en los testimonios y las evidencias que se ofrecerán para sostener los cargos.

Los investigadores afirman que no existen dudas de que el sospechoso es el autor de los ilícitos descriptos, conforme surge de las evidencias colectadas durante la etapa preparatoria.

Asimismo, propusieron 10 medios de prueba testimoniales, y 16 evidencias documentales. Con respecto a la calificación legal, propuso que el sospechoso sea juzgado en orden al delito fraude en perjuicio de la administración pública mediante administración fraudulenta en concurso real y en calidad de autor (Artículos 174 inciso 5° en función del 173 inciso 7°, 55 y 45 del Código Penal)

Así las cosas, expresó que la pretensión punitiva por la acusación principal es la de3 años de prisión e inhabilitación absoluta y costas. En tanto de prosperar la acusación alternativa, pretenden que se le imponga de tres años de prisión.

Fuente:

Notas Relacionadas

Dejá tu comentario

Las Más Leídas del Patagónico