Fue promulgada la ordenanza que obliga a que las bandas locales sean teloneras en los espectáculos

La legislación aprobada en diciembre alcanza a los diferentes espectáculos musicales gratuitos o arancelados, ya sea de bandas de origen nacional o internacional. Los músicos beneficiados deberán tener una residencia mínima de tres años en la ciudad y estar inscriptos en el Registro de Artistas locales que abrirá la Secretaría de Cultura, área que aplicará la normativa y pagara el cachet de los artistas.
Por lo menos un músico local, durante un mínimo de 20 minutos, deberá presentarse en cada espectáculo que se realice en la ciudad, sea el mismo en forma arancelada o gratuita. Así lo estipula la nueva ordenanza 12.035/15 que fue promulgada recientemente por el Municipio y anunciada a través del Boletín Oficial.
La iniciativa fue presentada por Sonia Pereyra y Luis Zaffaroni, ex concejales del Frente para la Victoria, en la última sesión ordinaria que la anterior gestión tuvo en diciembre. Ese día ingresaron seis proyectos sobre tablas, entre ellos éste que finalmente fue aprobado y que deberá ser reglamentado en 90 días.
De esta forma, todos los espectáculos nacionales e internacionales que se realicen en el ejido urbano de la ciudad, ya sea a cielo abierto o bajo techo, deberán darles un espacio a los artistas locales que tengan un mínimo de tres años de residencia en la ciudad.

PROMOVER LA MUSICA LOCAL
Según dicta la ordenanza, será la Secretaría de Cultura el área que aplicará la normativa. Para esto se deberá crear un Registro de Artistas locales donde los músicos deberán inscribirse, aportando una reseña histórica de la banda o solista; género; cantidad de músicos y staff técnico; ficha técnica de equipos y micrófonos que utiliza la banda, incluyendo voces e instrumentos; plano de ubicación de la banda sobre el escenario, especificando la utilidad de retornos y tomas de corriente; logotipo; y demo con un mínimo de dos y un máximo de cuatro canciones.
Con este registro se realizará la preselección de los artistas conforme al género musical del espectáculo. Luego la lista será remitida al representante del músico principal para que defina la banda o solista elegido. Aunque cabe aclarar en este punto que la Secretaría de Cultura deberá asegurar la participación de manera equitativa a todas las bandas.
En el escenario los músicos tendrán el derecho de tocar por lo menos durante 20 minutos, ofreciendo un sonido igual -o de características similares- al del artista principal, con una antelación no mayor a dos horas del inicio del espectáculo principal.
La legislación también indica que los establecimientos que comercialicen o distribuyan productos relacionados con música grabada y editada por estas bandas locales, también deberán contar en los sectores de venta al público exclusivo para su exhibición.
Además, advierte que en caso de que las productoras no cumplan con la ordenanza deberán abonar un recargo en el canon de espectáculos del 50% de la alícuota fijada por la Ordenanza Tarifaria Anual. Mientras, la Secretaría de Cultura será la encargada de abonar el cachet de las bandas o solistas teloneros, en conformidad a las normas laborales vigentes con imputación a las partidas presupuestarias, y difundir y promocionar las mismas.

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