Caso "inspec-chorros": el jueves se conocerá la resolución de la Cámara Penal

El miércoles se desarrolló la audiencia de impugnación de sentencia solicitada por las defensas de Facundo Garbarino y Mauro Cárdenas. La defensa de Garbarino requirió un cambio de calificación de "extorsión" a "exacciones ilegales agravadas por coacción en provecho propio"; en tanto que la de Cárdenas en igual sentido sobre el cambio de calificación y que su grado de participación fue secundario. En contraposición la fiscal postuló se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria en contra de ambos imputados que fueron declarados coautores del delito de "extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa", y condenados a la pena de 5 años y seis meses de prisión; y se rechace las impugnaciones defensivas.

Pasado el mediodía del martes el tribunal compuesto por las juezas Gladys Olavaría, Daniela Arcuri y Mariel Suárez dio a conocer su veredicto por unanimidad y condenar a Facundo Cárdenas y Mauro Garbarino, luego de haber sido declarados coautores del delito de "extorsión en concurso real con robo agravado por el uso de arma, en grado de tentativa", a la pena de 5 años y seis meses de prisión. Asimismo resolvieron mantener la prisión domiciliaria que vienen cumpliendo ambos hasta que la sentencia quede firme. El jueves 1 de junio se conocerá la resolución de la Cámara Penal.

En la audiencia de cesura la fiscal Camila Banfi solicitó la pena de 7 años de prisión para los inspectores municipales, como también que si la sentencia era de cumplimiento efectivo que se les revoque el beneficio de arresto domiciliario y se dicte su prisión preventiva.

Por su parte el defensor de Garbarino, Romero, requirió se perfore el mínimo de la pena establecida para el delito y que la pena no exceda los 3 años de prisión, subsidiariamente el mínimo legal de 5 años.

Asimismo el defensor de Cárdenas; Fuentes, solicitó la pena de tres años de prisión para su pupilo, perforando el mínimo establecido para el delito de 5 años. Ambas defensas adelantaron que impugnarán la sentencia ante la Cámara Penal.

Las juezas consideraron en sus fundamentos que la modalidad del hecho y el despliegue formaron parte del tipo penal escogido, es decir no debe haber doble valoración. Respecto de la pluralidad de autores no se explicó de qué modo su conducta agravó los hechos. Tuvieron en cuenta el agravante de la nocturnidad. Otro agravante que consideraron procedente para incrementar el mínimo de la pena fue la calidad de sujetos funcionarios públicos, que debieron orientarse en la norma. No tuvieron en cuenta el atenuante, sugerido por las defensas, acerca que ambos imputados estaban alcoholizados al momento del hecho.

Asimismo descartaron como circunstancia atenuante la corta edad de los inspectores y rechazaron la escaza afectación del daño planteada por los defensores, ya que las víctimas recuperaron todo el dinero. Sí tuvieron en cuenta como atenuantes la falta de antecedentes penales de Cárdenas y Garbarino; y el principio de mínima trascendencia a terceros de la pena, ya que ambos imputados poseen hijos de corta edad.

Por último, respecto de la medida de coerción solicitada por la fiscal resolvieron mantener la prisión domiciliaria que vienen cumpliendo los inspectores, hasta que la sentencia quede firme ya que no hubo ningún informe negativo sobre su incumplimiento y que no hay elementos objetivos para revocar dicha medida sustitutiva.

"RAID DELICTIVO"

El primero de los ilícitos ventilados en el juicio aconteció la mañana del 10 de marzo de 2016, aproximadamente a las 4.00, cuando la primera víctima circulaba con su vehículo, es obligado a detenerse momentos en que arriban al lugar los dos imputados Cárdenas y Garbarino. Piden por radio el dominio del automóvil, se bajan y solicitan los papeles del automotor refriendo ser de la Brigada de Investigaciones. Le informan a la víctima que el vehículo tenía pedido de secuestro y que si quería llevárselo debía pagar.

Al verse intimidado la víctima entrega el dinero que poseía y antes de retirarse uno de los imputados le refieren "no vayas a la Fiscalía a hacer la denuncia porque no me cuesta nada encapucharme y hacerte cagar".

El segundo hecho acontece el mismo día, pero a las 6.00 aproximadamente, cuando la segunda víctima es interceptada por ambos imputados. Esta vez lo hacen detener y se bajan Garbarino y Cárdenas portando bastones extensibles.

También dice pertenecer a la Brigada de Investigaciones y que le iban a secuestrar el vehículo. Como no tenía el dinero suficiente que le exigía uno de ellos se sube a su vehículo y lo acompañan hasta el cajero automático para que retire dinero.

En el viaje le aplican descarga eléctrica con una picana. Cuando ingresa al cajero a retirar dinero da aviso a unos testigos que casualmente se encontraban allí, para que informen a la autoridad de lo sucedido. Luego les entrega el dinero y se dirige a hacer la denuncia.

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