La condena de 7 años se la bajaron a 3

El 4 de agosto del año pasado la Fiscalía inició una investigación a raíz de una denuncia por un delito contra la integridad sexual de una menor de edad. Dos días después se realizó la audiencia de apertura de investigación y se dispuso la aplicación de la prisión preventiva para el imputado.
El 22 de marzo, el tribunal colegiado integrado por los jueces Roberto Casal, Jorge Criado y Ricardo Rolón, lo condenó tras declararlo autor del delito de abuso sexual simple, en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajante de menor de 13 años, en grado de tentativa, agravado por ser cometido por un ascendiente. Los magistrados le impusieron una condena de siete años de prisión de cumplimiento efectivo.
En tanto el 25 de julio la Cámara en lo Penal, representada por los magistrados Guillermo Müller, Martín Montenovo y Luis Pintos, hizo lugar parcialmente a la impugnación deducida por la defensa del acusado contra la sentencia dictada por el tribunal de juicio.
En consecuencia, el tribunal de alzada readecuó la calificación legal atribuida al hecho. En esa instancia, la causa fue calificada como abuso sexual simple agravado, por haber sido cometido por un ascendiente (artículo 119, primer y cuarto párrafo inciso b del Código Penal). Así las cosas, el monto de la pena se fijó en tres años de prisión.
Finalmente, el 3 de agosto Pérez y Rosales dispusieron el cese de la medida de coerción y la aplicación de medidas sustitutivas.

Fuente:

Notas Relacionadas

Dejá tu comentario

Las Más Leídas del Patagónico