La libertad del sindicalista imputado la resolverá el Superior Tribunal

Los ministros del Superior Tribunal de Justicia del Chubut resolverán en los próximos días si hacen lugar a la libertad solicitada por la defensa del sindicalista de peones de taxis de Chubut, quien reclama el cumplimiento del artículo 248 de la Constitución Provincial "que refiere a la inmunidad que otorgan los fueros" y adelantó que de ser necesario llegará a la Corte Suprema. En tanto, el procurador general pidió que se confirme la resolución, tal como lo hizo la Cámara Penal de Madryn. De lo contrario, propuso que se declare la inconstitucionalidad de ese artículo.
En virtud de la confirmación que resolviera la Cámara Penal de Puerto Madryn sobre el mantenimiento de la prisión preventiva a Gustavo Hernández, el secretario general de Peones de Taxis de Chubut (SiPeTaCh), el defensor Gustavo Castro recurrió la medida ante el Superior Tribunal de Justicia, donde ayer se llevó a cabo la correspondiente audiencia.
En representación de la parte acusadora actuó el procurador general de la Provincia, Jorge Miquelarena, mientras que el pleno del alto cuerpo judicial estuvo integrado por los ministros Miguel Angel Donnet, Jorge Pfleger, Daniel Rebagliati Russell, Marcelo Guinle, Alejandro Panizzi y Mario Vivas.
Hay que tener presente que Hernández se encuentra con prisión preventiva e imputado por los delitos de "grooming y abuso sexual con acceso carnal", hecho por el cual resultó víctima una menor de edad.
Por tal motivo, y teniendo en cuenta lo normado por el artículo 248 de la Constitución Provincial (ver aparte), el defensor planteó un habeas corpus para reclamar su libertad, lo cual fue oportunamente rechazado por la juez natural de la causa, Marcela Pérez, y confirmada esa resolución por la Cámara Penal de Puerto Madryn. Por tal motivo fue que se recurrió al Superior Tribunal y el próximo paso sería la Corte Suprema.
En tal sentido, ayer el defensor del sindicalista insistió con el pedido de libertad inmediata de su pupilo, indicando que el artículo 248 de la Constitución Provincial --referida a los fueros y su aplicación-- no hace distinción de delitos y que el imputado no fue sorprendido en flagrancia –como postula la mencionada norma para proceder a la detención--, ya que el hecho que se le endilga ocurrió el 16 de julio, varias semanas antes de su detención.
En síntesis, pidió la inmediata libertad de Hernández sin perjuicio de que la investigación continúe hasta agotar la instancia y adelantó que de no resolverse de acuerdo a su postura hará una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

QUE SE CONFIRME
LA RESOLUCION
Por su parte, el procurador general Jorge Miquelarena dijo que "la norma referida a los fueros es para la actividad sindical en este caso y no para defender a personas, mucho menos por delitos comunes como lo es el hecho que se investiga: la violación de una nena de 13 años con acceso carnal”.
En otro tramo de su presentación, el Procurador hizo mención al artículo 16 de la Constitución Nacional, el cual refiere la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos. Al respecto dijo que la aplicación de los fueros en beneficio de Hernández “afecta claramente ese principio de igualdad ante la ley".
Miquelarena también habló de una colisión entre artículos de la Constitución Nacional con el artículo 248 de la Constitución Provincial del Chubut, para el caso que se interpretara de una manera distinta a como lo hicieron la jueza Pérez y la Cámara Penal de Puerto Madryn.
En su línea argumental, el funcionario judicial pidió al pleno la inconstitucionalidad del artículo 248 de la Constitución del Chubut en lo relacionado con la inmunidad sindical por colisionar con los artículos 31, 16 y 5 de la Constitución Nacional.
"La decisión tomada por una jueza y por los camaristas de Puerto Madryn es la decisión correcta. Una decisión en contrario implica la colisión de la Constitución Provincial con la Constitución Nacional”, indicó Miquelarena al oponerse a la libertad de Hernández.

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