La Provincia ya tiene una ley de emergencia en violencia de género

Además de proveerles un refugio, tendrán un subsidio temporal para su reinserción laboral y el alquiler de una vivienda. Crearán el Observatorio Provincial de la Violencia de Género.

Quedó aprobado por 15 votos, y cinco abstenciones, la ley de las diputadas del PJ -FpV, Estela Hernández y Gabriela Dufour para que se declare la emergencia pública en materia de violencia de género en el ámbito de Chubut, por el término de 24 meses que será renovable mediante nueva ley de la Legislatura.
Dufour dijo que se busca que en todas las localidades de la provincia haya casas refugios, que exista un ámbito ara que las mujeres sometidas a violencia de género tengan contención, y la posibilidad que tengan ingresos económicos para que fuera del hogar puedan conformar una nueva realidad familiar.
De acuerdo a la ley, el Poder Ejecutivo debe adecuar y dotar de personal técnico y administrativo suficiente a la Dirección Provincial de Equidad y Género, en un plazo de doce meses, a fin de garantizar inmediata atención a las víctimas en las áreas psicológica, sanitaria, social, laboral y jurídica.
Ese equipo interdisciplinario deberá contar como mínimo de tres psicólogos, un abogado, un ginecólogo, cinco asistentes sociales. Los profesionales que asuman deben hacerlo por concurso abierto y acreditar en forma fehaciente idoneidad en la temática.
La ley abarca un programa de reinserción social laboral, un subsidio para el alquiler de vivienda equivalente a la mitad del salario mínimo vital y móvil. El Banco Chubut otorgará préstamos con una tasa subsidiada y se utilizaran Fondos de Garantía reciproca para garantizar la accesibilidad a créditos.
Otra herramienta disponible para las mujeres que entren en el marco de esta ley es la prioridad de inserción en la administración pública, con un 2% de vacantes para personas en situación de violencia de género.
Todo esto incluye la creación de casas-refugio para el alojamiento transitorio, contención y atención de las víctimas de violencia de género y sus hijos, para aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique riesgo. Se accede previa declaración jurada, y denuncia realizada por la víctima, y debe haber un espacio así cada 10.000 habitantes.
La ley establece la creación del Observatorio Provincial de la Violencia de Género en el ámbito de la Dirección Provincial de Equidad y Género, con carácter de organismo técnico-científico.
Tiene funciones de registro, generación de estadísticas y consulta para la elaboración e implementación de políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Asimismo llevara un registro confidencial de las víctimas.
La autoridad de aplicación es la Dirección Provincial de Equidad y Género, dependiente del Ministerio de Familia y Desarrollo Social cuya partida asignada para su aplicación no debe ser inferior al 0,1% del Presupuesto total del ejercicio.

Fuente:

Notas Relacionadas

Dejá tu comentario

Las Más Leídas del Patagónico