Laila Núñez describió que tomaban mate cuando se desató el incendio en la alcaidía

Laila Núñez, la única de las cinco afectadas por el incendio del pabellón femenino de la alcaidía policial que aún permanece detenida sin haber sido beneficiada con la prisión domiciliaria, presentó un hábeas corpus al Tribunal Oral Federal. Describió lo que vivió durante el siniestro, las lesiones que sufrió, y denunció que permanecía detenida en un "buzón de aislamiento" de la alcaidía. El Tribunal rechazó el pedido porque "no se advierte una medida ilegítima" en la privación de su libertad y tampoco "una amenaza inminente a su derecho derivada de alguna actuación ilegal de la autoridad". De todos modos, dictaron su traslado a un establecimiento federal acorde a su situación procesal y sanitaria.
Todavía no se había conocido la declaración de ninguna de las reclusas que el miércoles 23 de agosto, pasado el mediodía, sufrieron lesiones respiratorias y lesiones corporales durante incendio que se desató en el pabellón femenino de la alcaidía policial de Comodoro Rivadavia.
Los primeros detalles se conocen a través del testimonio de Laila Núñez, quien presentó un recurso de hábeas corpus por intermedio de la defensa pública oficial del fuero federal, para solicitar que se le otorgue el arresto domiciliario.
Núñez, quien está imputada por la Justicia Federal en una causa por estupefacientes, relató que ese día estaba tomando mate con (Nahir) Quinteros; (Jessica "La Tona") Aguilera y (Yuliana) Uribe. Junto a ellas, Noemí Gisela Pérez fue la restante afectada por el incendio.
Núñez sostuvo que Uribe "sale al pabellón de al lado a buscar una campera. Cuando la chica sale, empieza a gritar que había fuego".
Rememoró que estaba junto a tres internas y que empezaron a gritar por el fuego, que se fueron hacia una celda en donde buscaban darle aire a Quinteros, y tratar de ayudarla, por lo que se dirigieron al baño donde entraba más aire.
La reclusa describió que ella sufrió quemaduras en las manos y que no recordaba "si las atendieron enseguida". Lo que sí recordaba es que se despertó en el Hospital Regional.
En el hábeas corpus, Núñez pide su arresto domiciliario porque a su hijo más pequeño le detectaron un problema de salud y que su hija más grande, también de corta edad es quien cuida de sus hermanitos. En total tiene tres hijos.

LUGAR INADECUADO

A través del hábeas corpus que presentó el 5 de septiembre ante el Tribunal Oral Federal, Núñez plantea que en el lugar donde está alojada era muy chiquito, y que no tiene comunicaciones, solo una llamada una vez por día, y que no puede hablar con uno de sus hijos porque está en la escuela por la mañana.
Describió que el lugar en donde la tienen detenida en la alcaidía policial es un lugar inadecuado, sin radio ni televisión. "Cama, baño y nada más". Que se trata de un pabellón de aislamiento y que se estaba "volviendo loca".
Su defensor oficial dio cuenta de que en el informe de la Fiscalía provincial sobre el incendio, Núñez aparece como víctima, tanto ella como otras internas. Y que tras el hecho traumático en el que casi se asfixia, ahora volvía a estar detenida en el mismo edificio, y que en Comodoro Rivadavia no hay lugares para que este alojada. "Tiene una carga traumática muy fuerte", argumentó el defensor Sergio Oribones.
El defensor pidió que se resuelva la prisión domiciliaria, y que de esa manera retorne con su núcleo familiar y con su esposo, que trabaja de fletero, y que si no trabaja no cobra por lo que no puede estar gran parte del día con los niños, que deben quedar a cargo de otros familiares.
En aislamiento Núñez después de haber salido de alta, según su defensor, representa un espacio inadecuado, sin luz natural, sin ventilación, aspectos que incentivaban una carga traumática.
El fiscal general, por su parte, entendió que se tenían que buscar condiciones de alojamiento adecuadas, y que los "buzones" no son donde debía estar. "No debe volver a buzón de aislamiento, no hay razón disciplinaria", fundamentó el fiscal.
El defensor, en tanto, agregó que se la alojó después de su alta en ese lugar, luego de que se le dijera que iba a ser derivada a la Seccional Séptima o a Rada Tilly, pero que en ninguno de los lugares se lo consideró adecuado.
Así, el tribunal compuesto por Nora Cabrera de Monella y Enrique Guanziroli pasó a resolver y consideró que la presentación de hábeas corpus "no constituyen propiamente materia de una acción de hábeas corpus. Toda vez que no se advierte una medida ilegítima agravatoria de su estado de privación de libertad y tampoco una amenaza inminente a su derecho derivada de alguna actuación ilegal de la autoridad, en consecuencia corresponde el rechazo de la petición, sin costas".
Aunque tras el relato del sitio donde fuera confinada provisoriamente y el tiempo de su alojamiento, el Tribunal aconsejó adoptar una medida adecuada a su situación, ordenándose una urgente revisación psicofísica de Núñez tendiente a determinar su actual estado de salud y si ello permite su traslado inmediato a un establecimiento federal acorde a su estado procesal y a su salud.

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