Le impusieron prisión perpetua a los tres condenados por el homicidio de Almendra

Cristian Joan Llanos, Mauricio Abel Carrizo y Víctor Lino Benítez fueron condenados ayer a prisión perpetua por el homicidio doblemente agravado --por haber sido cometido con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas-- que el 18 de junio del año pasado tuvo como víctima a Ismael Almendra.
Antes de atarlo de pies y manos para apuñalarlo, le incendiaron la precaria vivienda que habitaba en Trelew.
La lectura íntegra de las 160 fojas del fallo se llevó a cabo en la Oficina Judicial de Trelew y estuvo a cargo del tribunal colegiado que presidió el juez penal José García y se completó con Mirta Moreno y Sergio Piñeda.
En la primera parte del debate, los acusados Cristian Joan Llanos, Mauricio Abel Carrizo y Víctor Lino Benítez, fueron declarados penalmente responsables del delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, el cual tuvo como víctima a Ismael Almendra y ocurrió el 18 de junio del año pasado en Trelew.
El delito, que fue calificado en los términos de los artículos 80, inciso 2 y 6; y 45 del Código Penal, tiene prevista la prisión perpetua y fue esa la pena que se impuso tras el juicio de cesura.
En el fallo, el tribunal rechazó la inconstitucionalidad que fuera planteada por el defensor Lisandro Benítez, a lo cual adhirieron sus pares Sergio Rey y Abdón Manllauik.
En tanto el fiscal general Marcos Nápoli, quien durante el juicio estuvo acompañado por el funcionario de fiscalía Gustavo Núñez y Analía Acuña, reclamó por la única pena que cabía ante un delito como el que fue endilgado a quienes resultaron culpables.
La pena que mejor se ajusta a la culpabilidad por el hecho específico que es dable imponer a los acusados es de prisión perpetua, señalaron los jueces del tribunal.

CONDENA ACORDE

"Si bien la condena es de gran magnitud, también lo fue el hecho donde le ha costado la vida a Ismael Almendra, quien fue atacado con armas blancas por tres personas en forma sorpresiva, prendiéndole fuego previamente su vivienda precaria, ingresando intempestivamente, sacándolo a rastras fuera de su casa donde continuó el designio criminal de estas tres personas, apuñalándolo tanto en su espalda como en el pecho y atándolo con los pies para actuar sobre seguro”, señalaron.
También aseguran los jueces que no existen elementos que permitan pensar en algún tipo de impedimentos de sus autodeterminaciones, de la dirección de sus acciones de acuerdo a la comprensión de la antijuridicidad de su conducta, o de la posibilidad de internalización de patrones sociales básicos de conducta, conforme los informes médicos del artículo 206 del código procesal penal.
Por todo ello es que se estima adecuada la imposición de la pena tratada, accesorias legales y costas, dictándose en forma unánime la condena de prisión perpetua para los tres implicados.

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