Proponen la creación del rol de un fiscal contravencional

"Sabemos que el proceso actual recae en el juez de Paz que toma parte en la resolución de estos casos", indicó Cecilia Torres Otárola, la diputada que presentó el proyecto sobre el tema.
La diputada provincial Cecilia Torres Otarola (PJ Frente para la Victoria) presentó un proyecto de ley para modificar el Código Contravencional de Chubut cuyo objetivo es establecer un marco legal adecuado para aquellas situaciones en las que las normas de convivencia sean violadas.
El proyecto de modificación promueve cuatro puntos, el principal es proponer la figura del hostigamiento, la intimidación y actos de maltrato en carácter de amenazante, físico o psicológico al otro y como agravante si la víctima es menor.
"Sabemos que el proceso actual recae en el Juez de Paz que toma parte en la resolución de estos casos lo cual se pierde el derecho constitucional del debido proceso por lo que crear la figura del fiscal contravencional sería una gran alternativa para descomprimir algunas acciones", indicó.
Otarola propicia la responsabilidad objetiva de los padres o responsables directos con respecto a las acciones que los menores de 18 años pudieran ejecutar y generar consecuencias en carácter de contravención. "Se propone no sólo la prisión y la multa sino también el trabajo comunitario".
El proyecto establece, entre las modificaciones, la responsabilidad de los padres o personas bajo los cuales los menores de edad estén a cargo ya sea en forma transitoria o permanente. Estas dos últimas figuras están ausentes en el Código Contravencional que se pretende reformar.
Además, incluyó un párrafo donde se expone la necesidad de dar intervención a la asesoría de familia que correspondiere cuando la contravención sea cometida por un menor de edad y este se encuentre en situación moral o material de abandono, en pos de proteger el interés superior del niño joven.
En el proyecto de ley se indica que la principal innovación que se introduce es la inclusión de la figura del discal contravencional, como actor principal del proceso contravencional, quien tiene a su cargo la investigación de los hechos constitutivos de contravención, conduciendo la investigación y aportando elementos de prueba y la promoción de la acción contra los autores o partícipes.
El mismo actuará en la órbita de la Justicia de Paz, y en su designación, requisitos y funciones se respetan los lineamientos previstos por la Constitución Provincial y la Ley Orgánica del Poder Judicial. Para Otárola, esto constituye un notorio avance en la materia, desde el punto de vista dogmático y práctico, ya que se asegura la objetividad del juez y el cabal cumplimiento de las garantías constitucionales en la esfera procesal administra.

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