Sarmiento: absolvieron al joven que mató a otro cuando era menor de edad

Por unanimidad, los jueces Jorge Criado, Ricardo Rolón y Oscar Colabelli emitieron su fallo absolutorio en el marco del análisis de imponer pena de prisión al adolescente declarado responsable del asesinato de Gustavo Ñancuan, ocurrido en marzo de 2014. Los magistrados argumentaron que el joven cumplió de manera positiva con las medidas socioeducativas.
La audiencia se realizó en la Oficina Judicial de Sarmiento y Esquel. En la primera ciudad estuvieron el fiscal Herminio Gonzales Meneses, el defensor público Miguel Moyano y el joven juzgado. Desde la cordillera el tribunal informó la resolución.
En noviembre de 2014 el imputado fue declarado penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, y no se debatió la pena ya que tenía 17 años. No obstante, se le impuso una medida cautelar que consistió en cumplir medidas socioeducativas.
Mientras, el 17 de abril de 2015 la sentencia fue confirmada por los jueces Luis Pintos, Martín Montenovo y Guillermo Müller. En ese marco fue que ayer se discutió sobre la conveniencia de imponer pena de prisión al acusado. Criado sostuvo que el tribunal analizó las peticiones de las partes desde la normativa establecida en el Régimen Penal de la Minoridad, Ley n° 2.228.
Se abocaron a la verificación de los antecedentes del imputado, los resultados del tratamiento tutelar impuesto y la impresión recogida por el tribunal. El juez señaló que el informe elaborado corroboró que el joven conformó una familia, junto a su esposa y dos hijas.
Criado además explicó que el joven es el sostén económico de su grupo familiar, mediante un trabajo estable en una empresa constructora. El informe psicológico certifica que el adolescente inició un proceso de reflexión de su conducta y valoración de las consecuencias del grave delito cometido.
Subrayó que el tribunal con su decisión no minimizaba la gravedad del delito que fue juzgado por otros jueces, y consideró que era innecesaria la aplicación de una pena y propugnó la absolución del joven.
A su turno, Colabelli explicó que el fin de la pena en el fuero penal juvenil es diferente al tratamiento que corresponde al fuero penal para el adulto. En su análisis coincidió con el voto emitido por su colega. Y Rolón expresó los mismos argumentos que sus pares para fundamentar la decisión de no aplicar una pena y ordenar la correspondiente absolución del joven.
Al finalizar la explicación jurídica, los magistrados sugirieron al adolecente que sostenga su cambio de hábitos y actitud basados en la reflexión crítica de su responsabilidad en un delito que tuvo como consecuencia el daño irreparable: la muerte de otro ser humano.

EL CASO

Esa madrugada del 4 de marzo de 2014 la víctima mantuvo un forcejeo con un hombre en el interior del bar "Rincón de Amigos I". La propietaria del local los hizo retirar a la vereda y allí el grupo agresor de seis personas persiguió a Gustavo Ñancuan. Al llegar a la esquina de la calle Alberdi y avenida San Martin recibió un disparo por la espalda.
Desde ese lugar, la víctima caminó varias cuadras hasta quedar recostado contra la pared de un edificio sin signos vitales. En medio de esa agresión el grupo atacante asaltó a dos jóvenes que apuntaron con un arma. La autopsia médica forense informó que la bala ingreso a nivel del tórax, le atravesó el pulmón y el corazón a la víctima.

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