Sarmiento: lo juzgarán por andar con un arma sin contar con permiso legal

En el marco de la audiencia preliminar a la que fue sometido Leandro Gabriel Bejarano, y a pedido del Ministerio Fiscal de Sarmiento, el juez natural de la causa elevó a juicio oral y público la carpeta judicial que lo tiene como acusado de delito de portación de arma de fuego y resistencia a la autoridad. Ahora la Oficina Judicial debe designar el tribunal unipersonal que presidirá el debate.
La audiencia preliminar contra Leandro Gabriel Bejarano se llevó a cabo en la Oficina Judicial de Sarmiento y estuvo presidida por el juez penal, Alejandro Rosales. Por la Fiscalía asistió la fiscal Laura Castagno, mientras que el imputado recibió el asesoramiento jurídico del abogado de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzún.
En la oportunidad, la representante de la parte acusadora relató los hechos investigados indicando que el 15 de noviembre de 2015, a las 21, dos empleados policiales llegaron a la esquina de la avenida 9 de Julio y calle Pellegrini, en función de un llamado que requería la presencia policial.
En ese lugar observaron el tránsito de un automóvil Ford Falcon color gris con al menos tres ocupantes en su interior.
Asimismo, informó que la policía dio la orden al conductor para que detuviera su marcha, a fin de ser identificados. En ese momento observaron que descendió un joven que emprendió la fuga en dirección a la avenida 9 de Julio.

SE DESARMO MIENTRAS HUIA

Uno de los agentes bajó del móvil policial con intención de atrapar al sospechoso. En el trayecto, el policía pudo observar al imputado cuando se descartaba de diferentes elementos que tenía entre sus prendas. Finalmente el joven fue detenido e identificado como Leandro Bejarano.
En este contexto, agregó que los investigadores secuestraron una vaina de cuero color marrón, una bolsa de nylon conteniendo una sustancia de origen vegetal de color pardo verdusca, un cuchillo y un arma de fuego tipo revólver calibre 22 largo conteniendo 4 cartuchos a bala, también calibre 22. En este marco, afirmó que Bejarano no contaba con la debida autorización legal para llevar el arma.
Luego, Castagno detalló y fundamentó los medios de pruebas testimoniales y documentales que propuso para presentar en las audiencias de debate oral y público.
Con respecto a la calificación legal escogida por los investigadores, sostuvo que se acusa a Bejarano como presunto autor del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real con resistencia a la autoridad, en calidad de autor (Artículo 189 bis, inciso 2°, párrafo 3°; 239, 55 y 45 del Código Penal).
A su turno, Oyarzún no formuló objeciones a la acusación pública y tampoco hacia las evidencias documentales y testimoniales ofrecidas por el Ministerio Público Fiscal. Su oposición se centró en la calificación jurídica.
Finalmente, Rosales resolvió dictar el auto de elevación a juicio oral y público de la causa judicial contra Bejarano, en orden al delito endilgado por la Fiscalía. También hizo lugar a los medios de prueba propuestos y dio intervención a la Oficina Judicial a los fines de designar al tribunal unipersonal de juicio.

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