Ya está en la Legislatura el proyecto de ley de utilidad pública de las arenas para fracking

En sus argumentaciones, el texto señala que Chubut ha hecho un esfuerzo para aportar recursos energéticos que provocaron consecuencias sociales, ambientales y económicas que deben evitarse o mitigarse.
El gobernador Mario Das Neves remitió a la Legislatura del Chubut el proyecto de ley que propicia la declaración de utilidad pública de la explotación de arenas silíceas, utilizables como agentes de sostén en la actividad petrolera. El planteo lo reafirmó en la reunión que tuvo el miércoles en Rawson con el presidente de YPF, Miguel Gutiérrez.
La propuesta legislativa indica que como el dominio de los recursos hidrocarburíferos corresponden al Estado provincial, por lo tanto más allá de la categoría que tenga la mina el gobierno puede solicitar la utilidad pública dependiendo de la importancia estratégica que tuviera.
"Más allá de la clasificación legal, existe una necesidad pública de que el Estado provincial pueda explotar estas sustancias, las cuales por sus características constituyen una alternativa muy buena para la utilización en la industria petrolera como agente de sostén", indica el texto elevado por el gobernador para su tratamiento parlamentario.
Otra de las argumentaciones expuestas en el proyecto es sobre los recursos naturales no renovables, como es el caso del petróleo y el gas, y que Chubut es un aportante neto de recursos energéticos. Al mismo tiempo, contribuye con las arenas silíceas a una estrategia de desarrollo territorial equitativo y sustentable.

ALCANCES
"Tomando en cuenta los antecedentes de aportante neto de recursos naturales y energéticos que la Provincia ha realizado histórica e ininterrumpidamente a la Nación, y que dicho esfuerzo generó a lo largo del tiempo externalidades negativas en términos sociales, ambientales y económicos que el Estado y el Gobierno del Chubut deben prever e intervenir a los efectos de evitarlas o mitigarlas", señala el texto.
"Con relación a los derechos las minas se dividen en tres categorías: 1) Minas de las que el suelo es un accesorio, que pertenece exclusivamente al Estado y que sólo pueden explotarse en virtud de la concesión legal otorgada por autoridad competente. 2) Minas que, por razón de su importancia, se conceden preferentemente al dueño del suelo; y minas que, por las condiciones de su yacimiento se destinan al aprovechamiento común. 3) Minas que pertenecen únicamente al propietario, y que nadie puede explotar sin su consentimiento, salvo por motivos de utilidad pública", remarca en relación a lo que establece el artículo 2 del Código de Minería.
En su reunión con el titular de YPF, Das Neves expuso su postura sobre las arenas. "Le dijimos que con las arenas, vamos a plantear una ley para declararlo de interés público, y luego lo que ofrecieron, que nos pareció muy bien, fue conformar ya un grupo de trabajo para trabajar sobre el tema", apuntó.
"Ellos mismos reconocen la necesidad de las arenas de acá, por eso le vamos a poner el valor y vamos a exigir los recursos que la provincia trata de tener", indicó.

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