Admiten amparo contra Benetton y el secretario de Pesca de Chubut

La Cámara de Apelaciones del Noreste del Chubut declaró admisible una acción de amparo contra el secretario de Pesca de Chubut, Hugo Stecconi, y la Compañía “Tierras del Sud Argentino SA” por la obstaculización ilegal del libre acceso a la ribera del río Chubut sobre la ruta Provincial 45, a la altura de la localidad de El Maitén.

La acción judicial, que fue promovida por el dirigente de la Coalición Cívica esquelense, Jorge Villivar, y el conocido defensor de los derechos de los pueblos originarios, Mauro Millán, fue resuelta de manera unánime por los doctores Enrique Flass, Jorge Luis Früchtenicht y Claudio Alejandro Petris.
Sobre la determinación de la justicia, el diputado provincial Fernando Urbano (ARI) informó que ”en Chubut nos hemos habituado a tener que pedirles permiso a los hermanos Benetton para poder transitar y acceder al goce de nuestras bellezas naturales, entre ellas costas de los ríos, lagos y mar, montañas y bosques nativos. Carlo y Luciano Benetton han desplegado miles de kilómetros de alambrados en las 970.000 hectáreas de su propiedad en la Patagonia”.

PROCEDIMIENTOS SOSPECHADOS
El legislador consideró que los dueños de la multinacional Benetton “son voraces y siempre cuentan con la mano de alguna autoridad gubernamental”, para luego referirse a lo que denominó una “transferencia fraudulenta” de 15 kilómetros del tramo final de la ruta provincial 4, ahora denominada ruta Provincial 45, cedida en el año 2005 por Vialidad Provincial a los empresarios italianos.  Asimismo, el diputado del ARI enfatizó que “los Benetton no han tenido empacho en incomunicar caminos para cercar a comunidades mapuches, propietarias ancestrales de la tierra, y asfixian al pueblo de El Maitén, al cual le niegan la cesión de una pequeñísima parte de las 45.000 hectáreas dispuestas en casi todo el perímetro de la localidad”.    
Cabe añadir que esta acción de amparo fue rechazada por el juez de primera instancia, en tanto que el abogado patrocinante, Edgardo Manosalva, apeló el fallo ante la Cámara, quien dio lugar a la misma y ordenó al juez que actúe sobre el fondo de la cuestión.  
En el fallo, los jueces hacen mención a que los amparistas afectados dirigen la acción contra el secretario de Pesca “por no controlar, no fijar restricciones a la propiedad privada, y lo acusan de incumplimiento en garantizar el libre acceso a un espacio público y contra la Compañía de Tierras del Sud Argentino por haber colocado los alambres y la tranquera”. 
Luego expresaron que por lo expuesto por ellos, “sin duda se produjo un hecho -que es el cerramiento de una ruta Provincial- que merece “prima facie” ser atendido por esta vía; por lo tanto corresponde declarar la admisibilidad de la acción de amparo interpuesta, sin perjuicio claro está del resultado final al que se arribe luego del debate pertinente”.

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