La medida fue oficializada este viernes a través de las Disposiciones 74/2026, 76/2026, 94/2026, 95/2026 y 96/2026, publicadas en el Boletín Oficial, y alcanza tanto a comercios físicos como a plataformas de venta online.
Entre los productos prohibidos se encuentran limpiadores, desengrasantes, aromatizantes y acabados de superficies de las marcas Muffler, Abro, Red Kong, Black Line y Autoamerica, cuyos lotes fueron retirados del mercado hasta que regularicen su situación ante el organismo.
También se prohibió el desinfectante para agua de piscinas marca Ingenia, al detectarse irregularidades en su inscripción como producto domisanitario.
En el rubro de cosmética y cuidado personal, la ANMAT avanzó sobre una extensa lista de productos de las marcas RE!, EL ÁRBOL y AROMAS DE LA TIERRA, que incluyen pastas dentales, protectores solares, desodorantes, jabones líquidos, emulsiones corporales, cremas faciales, tónicos, geles de limpieza, shampoos, acondicionadores, perfumes y repelentes, todos sin datos de inscripción sanitaria en sus rótulos.
La prohibición se amplió además a productos capilares de la marca LEAGUS COSMETICS, como shampoos, baños de crema, tratamientos con keratina, alisados, botox capilar, protectores térmicos y ampollas, así como a la línea completa de KERATIN LISS, que incluye alisados, shock de keratina, botox capilar y shampoos.