Este martes se concretó la audiencia de control y revisión de la prisión preventiva en un caso de lesiones en contexto de violencia familiar que tiene como imputado a Jesús Emanuel Caruso.
Personal policial de la zona de la cordillera detuvo el lunes al imputado Caruso caminando en la ruta, violando el arresto domiciliario que pesaba sobre él.
La fiscal Laura Blanco solicitó en un primer momento se declare legal la detención de Caruso, ya que la misma fue realizada en flagrancia y que asimismo se revoque su arresto domiciliario y se dicte su prisión preventiva hasta el próximo 16 de diciembre, fecha en la que se realizará la audiencia preliminar del caso.
Por su parte el defensor particular, Claudio Robledo Molina, se opuso y solicitó “su libertad”, argumentando que “la policía lo había golpeado; aparecieron de la nada en su casa y lo golpearon”.
La jueza penal Mónica García analizó los informes policiales y del Centro de Monitoreo que decían que Caruso se había alejado de la casa donde cumplía su arresto domiciliario, más la declaración de un testigo, y le revocó el arresto domiciliario, dictándole prisión preventiva hasta la audiencia preliminar.
VIOLENTO Y ACOSADOR
El primer ilícito investigado es del pasado 17 de junio, a las 19 aproximadamente, cuando personal de la Brigada de Investigaciones de Comodoro concurrió a la calle Francisco Jordán, en Km 14, para concretar una diligencia de allanamiento, registro domiciliario, personal y de automotor ordenado por la jueza Daniela Arcuri.
A 100 metros del domicilio un Ford Kinetic se alejaba de la vivienda, conducido por Caruso. Lo interceptan, pero el imputado hizo caso omiso y comenzó a alejarse en reversa impactando otros vehículos de vecinos estacionados en la vía pública. El hecho fue calificado de “resistencia a la autoridad”.
Luego se solicita la ampliación del objeto procesal del caso en base a un nuevo hecho acontecido el 12 de junio del presente año, cuando siendo aproximadamente las 19 Caruso se dirigió hasta el domicilio de la víctima, su expareja, pasando dos veces por el lugar y vulnerando la prohibición de acercamiento y contacto dispuesto.
El imputado posee una tobillera electrónica por lo cual sus movimientos quedaron registrados en el sistema. Esta ampliación fue calificada provisoriamente como “desobediencia a la autoridad”.