Concedieron la exención de prisión al último prófugo de la alcaidía

La Cámara Primera en lo Criminal de Comodoro Rivadavia concedió la exención de prisión que fue solicitada por el abogado Guillermo Iglesias, en beneficio de Bernardo Enrique Casamayou. El joven, acusado de protagonizar un asalto con armas en la ciudad de Sarmiento, estuvo con prisión preventiva hasta que se fugó de la alcaidía el 13 de octubre de 2006. Fue el único que no pudo ser recapturado de los 8 que se fugaron esa madrugada.

Ahora Bernardo Enrique Casamayou podrá caminar tranquilo por las calles de Comodoro Rivadavia, luego de pasar un año y tres meses en la clandestinidad,  debido a que la Cámara del  Crimen  hizo  lugar al planteo de su defensor particular.
A principios de diciembre se solicitó una exención de prisión, atento a la resolución que absolvió a sus consortes de causa, Juan Pablo Caba y Luis Alberto Alcaina, en el juicio que finalizó el 5 de diciembre por el asalto al vendedor de autos de Sarmiento, Jorge Aranda.
Los tres fueron acusados de haber participado del hecho ocurrido en la ciudad de los lagos el 29 de agosto de 2005, oportunidad en la que resultó víctima el vendedor de autos, Jorge Aranda, pero sólo Caba y Alcaina  presenciaron el juicio  porque  Casamayou se encuentra prófugo desde el 13 de octubre de 2006, oportunidad  en la que se produjo una masiva fuga de la alcaidía.
El juicio, que contó con la cobertura exclusiva de este medio, concluyó con la lectura de la sentencia. En ese acto se ordenó la inmediata libertad de los imputados, luego de que el Tribunal determinara su absolución.
A esa definición arribó el cuerpo colegiado, integrado por María Nieva de Pettinari, Martín Montenovo y Roberto Antonio Casal, luego de declarar la «nulidad absoluta» del acta confeccionada por la policía en el marco de la detención de los imputados.

EL HECHO
Cabe recordar que el asalto se produjo en Sarmiento poco antes de las 21 del 29 de agosto de 2005 y que faltando unos 10 minutos para las 23 de ese mismo día la policía detuvo a los presuntos autores en Ameghino al 1.500 de Comodoro Rivadavia, donde residía Casamayou, pero sin orden de detención ni de allanamiento.
De todas formas, el acta que se confeccionó para relatar esa detención y los secuestros que se efectuaron fue anulada por los vicios que observó el Tribunal ante los planteos realizados por los defensores durante los alegatos.
En relación a ello, se supo que un planteo idéntico había sido esgrimido por Iglesias durante la instrucción de la causa, pero no prosperó en esa instancia.
Luego, con la resolución absolutoria de Caba y Alcaina, fue que se requirió también la absolución de Casamayou, interpretándose que la nulidad absoluta del acta de fojas 24/25 «extirpó un acto fundamental del proceso para todos los imputados y por ello, sobre la base del principio de igualdad y equidad en la solución de conflictos», fue que se solicitó que se conceda el derecho ambulatorio de Bernardo Casamayou y así también lo entendió la Cámara fallando a su favor.
De todas maneras el caso no será fácil de cerrar porque aún quedan varios puntos pendientes, tanto por parte de la gente que estuvo presa desde 2005, como del lado de la policía. Es que la Fiscalía deberá investigar si el oficial que confeccionó el acta cuestionada incurrió en la comisión del delito de falsedad ideológica de instrumento público.

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