Condenaron al dueño del bar "Los Troncos" por trata de personas y tenencia de droga

La causa que se inició el 3 de mayo de 2013 con el rescate de mujeres que eran explotadas económicamente mediante el ejercicio de la prostitución, concluyó con tres condenas: Rubén Rogelio Rivera recibió la pena de 10 años por trata de persona, explotación económica de la prostitución ajena y tenencia de estupefacientes. En el juicio también fueron condenadas Alicia Zabala y Armanda Ramírez a 8 años de prisión. El tribunal ordenó la detención de todos hasta que quede firme el fallo.
Los jueces del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, Pedro José de Diego, Enrique Jorge Guanziroli y Nora Cabrera de Monella condenaron a Alicia Beatriz Zabala como autora responsable del delito de trata de persona agravado por haber mediado amenazas y aprovecharse de una situación de vulnerabilidad, y por la participación de tres personas, habiéndose consumado la explotación, a la pena de ocho años de prisión a cumplir en una cárcel federal y revocaron su excarcelación, ordenándose su inmediata detención.
En el caso de Rubén Rogelio Rivero fue condenado como autor del delito de trata de
persona agravado por la participación de tres personas, en concurso real con el delito de explotación económica del ejercicio de la prostitución ajena como coautor, y con el delito de tenencia simple de estupefacientes, en grado de autor, a la pena de diez años de prisión. A ello se sumó una multa de 225 pesos, se revocó su excarcelación y se ordenó la detención.
En el mismo fallo fue condenada la pareja de Rivero y encargada del lugar, Armanda Beatriz Ramírez. A ella se le atribuyó el delito de trata de persona, agravado por la participación de tres personas, en concurso real con el delito de explotación económica del ejercicio de la prostitución ajena como coautora, a la pena de ocho años de prisión. A ella también se le revocó la excarcelación y quedó detenida.

EL CASO
El caso se inició a partir de la información que fue enviada por correo electrónico y tras la investigación preliminar realizada por las brigadas federales, durante la madrugada del 3 de mayo de 2013 se realizó el procedimiento en el bar “Los Troncos”, que funcionaba en San Martín 1.950, donde la policía encontró a los ahora condenados y niños de 4 y 6 años.
En el lugar también se encontró cocaína, la cual fue secuestrada junto a los teléfonos celulares, cuadernos con anotaciones y dinero en efectivo.
En su alegato, el fiscal general Teodoro Nürnberg –quien actuó junto al fiscal ad hoc,
Mariano Sánchez- acusó a Zabala por el delito que fue condenada y pidió una pena de 11 años de prisión. A Rivero lo acusó por el delito por el cual fue condenado, aunque al referirse a la droga pidió el agravante de la comercialización por el lugar de comisión del delito, mientras que la pena reclamada fue de 14 años y una multa de 8.000.
En idénticos términos acusó a Ramírez, reclamándose para ella una pena de 12 años y una multa de 4.000 pesos.
A su turno, la Defensa Pública solicitó para Zabala la absolución por falta de pruebas, y en su caso la aplicación del beneficio de la duda. En forma subsidiaria y existiendo sucesión de leyes en los hechos imputados, que se encuadre su conducta en la ley más benigna.
Mientras, el defensor que asistió de manera conjunta a Rivero y Ramírez, solicitó la absolución de sus pupilos y sostuvo que por aplicación de la ley más benigna el hecho acusado por el artículo 127 del Código Penal resulta atípico y que la tenencia de estupefacientes era sólo de Rivero y con destino de consumo personal, por lo que pidió la aplicación de la doctrina del fallo Arriola y en
subsidio el encuadre como una tenencia simple de estupefacientes. En relación a la acusación de trata, destacó la falta de pruebas.

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