Confirman condena a doce años de prisión por asesinar a su esposa

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 12 años de prisión a Freddy López Quispe por matar a su esposa. Rechazó los recursos extraordinarios planteados por la defensa. Por ocurrir antes de la sanción de la “ley de femicidio” no le correspondió prisión perpetua, dado que el crimen ocurrió el 25 de diciembre de 2011.

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut ratificó la condena de 12 años de prisión a Freddy López Quispe (21) por el homicidio de su pareja, Dora Gutiérrez (25), en Puerto Madryn. Los ministros Daniel Rebagliati Russell, Alejandro Panizzi y Jorge Pfleger no hicieron lugar a la concesión del recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitado por la defensa. De esa forma, al no haber más instancias de apelación la causa quedó firme.
El homicidio ocurrió la noche del 25 de diciembre del año 2011, alrededor de las 23, cuando luego de una discusión López Quispe apuñaló a la mujer. Esa noche la esposa se encontraba junto a sus hijos de 5, 3 y 2 años en el interior de su domicilio ubicado en el barrio Nuevo Chubut y luego de una discusión López Quispe la apuñaló en el cuello, generando una hemorragia que provocó su fallecimiento.
Minutos después, luego del aviso de vecinos, personal policial llegó al lugar y detuvo a López Quispe, quien salía de la única habitación de la vivienda con su mano derecha, pantalón y zapatillas manchadas con sangre y a viva voz les manifestó: “maté a mi mujer”. Quedó detenido con prisión preventiva y fue imputado por “homicidio”.
Durante el juicio realizado en Puerto Madryn, la fiscal Marcela Pérez solicitó la pena de 21 años de prisión y la defensora pública Angélica Leyba pidió el mínimo, de 8 años.
Al respecto, se explicó que por ser un hecho cometido previamente a la modificación de la Ley 26.791, modificatoria del artículo 80 del Código Penal, conocida como “femicidio”, no se incluyó la pena única de prisión perpetua.
El tribunal conformado por los jueces Gustavo Castro, Patricia Reyes y Marcelo Orlando dio a conocer su sentencia donde dispuso una condena de doce años de prisión. La sentencia fue confirmada por la Cámara Penal y por el Superior Tribunal de Justicia.

AGRAVANTES
Hay que recordar que la ley castiga los crímenes considerados de género con una pena de perpetua, es decir mayor a la condena por homicidio, fijada entre 8 y 25 años.
La modificación al Código Penal realizada por los legisladores nacionales indica que como agravantes del delito de homicidio se impondrá “prisión perpetua” al que matare “a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.
También la reforma añadió agravantes cuando la víctima sea “una mujer” y el homicidio “sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género” y/o los motivos sean “por género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.
La norma fue sancionada el 14 de noviembre y promulgada el 11 de diciembre de 2012. 

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