Diputada pide explicaciones por la "ventana" de Arcioni

La diputada provincial Tatiana Goic realizó una presentación dirigida al gobernador Mariano Arcioni para que explique por qué no se controló el ingreso de más de 300 vehículos a la provincia a comienzos de esta semana.

El dato fue brindado por el propio mandatario en la conferencia del martes, cuando cuestionó el fallo de la jueza Mirta Moreno que hizo lugar a tres hábeas corpus presentados por violaciones de derechos humanos de parte de la policía provincial que conduce Miguel Gómez.

A raíz de ello, el gobernador Mariano Arcioni redactó de apuro un decreto para adherir a las medidas de control dispuestas por el Gobierno nacional, dejando sin efecto las resoluciones restrictivas que había redactado el ministro de Seguridad, Federico Massoni, y con las cuales se regía desde el inicio de la cuarentena.

En el interín, se generó la “ventana” por la que se desplazaron los automovilistas mencionados por Arcioni.

En este sentido, la diputada Tatiana Goic envió una nota al gobernador exigiendo que explique por qué no se aplicaron las medidas de precaución y los protocolos estipulados en la normativa nacional y que habrían provocado el ingreso sin control de todos esos vehículos.

“En palabras textuales, Usted mencionó que se generó una ‘ventana’ a raíz del fallo de la Jueza Mirta Moreno que ordenó a la provincia adecuarse al protocolo de control del Ministerio de Seguridad de Nación y que ‘durante ese lapso ingresaron más de 300 vehículos por las fronteras, tanto por la ruta 40 como por la número 3 por Arroyo Verde sin ningún tipo de control’”, sostiene el escrito presentado por la legisladora del Frente de Todos.

“Por lo expuesto, solicitamos que nos clarifique la información brindada y explique el motivo de por qué no se aplicaron las medidas de precaución dispuestas por el gobierno nacional a través de los DNU 260/20 y su modificatorio 289/20, 274/20, 297/20, 311/20, 320/20, 325/20, 331/20, 332/20 y 355/20 y los protocolos de acción emanados de los mismos, con las sabidas consecuencias a la Salud Pública que ello trae aparejado y en virtud de lo dispuesto por el artículo 128 de la Constitución Nacional”, sostiene el documento.

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