En horas de esta mañana en sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de tribunales se desarrolló una audiencia de control por uno de los últimos crímenes ocurridos en Las Mil Viviendas, allí el Ministerio Público Fiscal, a través de la fiscal general Griselda Encina y la funcionaria de fiscalía Verónica Alabart, imputó a Pablo Ferreira, alias “Chavo”, por el homicidio de Daniel Lorenzo Fernández. En el evento participaron la Jueza Mirta Moreno vía sistema web, y la defensora Gladys Olavarría.
De acuerdo al relato fiscal el hecho es el ocurrido el día 5 de noviembre cerca de las 1:30 cuando dos personas caminaban en la zona de las canchitas del barrio Constitución ubicadas ente los sectores A y B , hallándose ambos encapuchados y se cruzaron de frente con Daniel Lorenzo Fernández, quien iba acompañado de su novia, ambos paseando la perra y previo pasar por al lado regresaron, se quitaron las capuchas y Ferreira portando un arma de fuego le dijo a la mujer que corriera, saliendo la mujer raudamente hacia el sector B, observando que el agresor le efectuaba un disparo.
Luego los dos sujetos salieron persiguieron a Fernández insultándolo y quien portaba el arma efectuó al menos seis disparos contra la víctima en un trayecto aproximado de 55 metros impactando uno de ellos en el glúteo izquierdo. Fernández siguió corriendo herido unos 150 metros para caer desvanecido y fue hallado y trasladado al hospital zonal, donde falleció aproximadamente a las 2,30.
El hecho se encuentra tipificado en los artículos 79, 41 bis y 45 del código penal como homicidio agravado por el uso de arma de fuego en carácter de autor. Cabe destacar que a la audiencia fue llevada en principio como imputada otra persona, además de Ferreira, indicando la fiscalía que no se habían podido colectar elementos que lo incriminaran, por lo que fue puesto en libertad.
Solicitud fiscal
Enumeró el Ministerio Público Fiscal los elementos que llevan a involucrar al imputado, y en tal sentido destacaron el testimonio dado por la mujer, adelantando las pericias que se llevarán adelante, entre ellas la utilización del método odorológico y el análisis del contenido de varias cámaras de seguridad. Consideraron que la situación de Ferreira se encuentra enmarcada en el artículo 221 inciso 4to. de peligro de fuga, con antecedentes que datan de una condena de tres años y seis meses de prisión dictada en diciembre de 2019, de la cuál obtuvo la libertad condicional en marzo de 2020 y cumplió pena en marzo de 2021. Solicitó la fiscalía la prisión preventiva por el término que dura la investigación, es decir seis meses.
LA POSTURA DE LA DEFENSA
El imputado decidió expresarse y dijo no tener nada que ver con este hecho, agregando que no estuvo en ese lugar esa noche y aseguró su inocencia, al justificar que ni siquiera puede correr por estar operado de una pierna hace poco tiempo. La doctora Olavarría, se apoyó en los dichos de su cliente y puso en crisis la posibilidad de autoría, y alegó también sobre la falta de credibilidad de la testigo ya que no había visibilidad para efectuar un reconocimiento en aquella noche. Aseguró que no se encontró nada relacionado con la participación de Ferreira, y solicitó se hicieran otras pericias, principalmente sobre cámaras de seguridad que mostrarían a su defendido en otro sitio. Pidió su libertad, o como alternativa la posibilidad de un arresto domiciliario con tobillera electrónica, pero si la Jueza decidía la prisión, que la misma no fuera mayor a quince días, permitiendo en ese lapso la colección de mas evidencias.
QUINCE DIAS DE PRISION
Para la Jueza Mirta Moreno existe la probabilidad de autoría por lo que resolvió la apertura de investigación de acuerdo a la hipótesis fiscal. Coincidió con el Ministerio Público Fiscal en relación a que la muerte de una persona y de manera violenta es uno de los hechos mas graves que sostiene la legislación. Esta vez fue con un arma de fuego lo cuál denota una mayor vulnerabilidad de la víctima.
También manifestó su acuerdo con los dichos de la defensa en el sentido que la fiscalía debe tomar todos los recaudos para que este suceso no quede impune y recalcó que es un caso frágil y endeble con los elementos traídos a la audiencia. En este aspecto requirió se lleven adelante medidas probatorias, sobre todo las que tienen que ver con el estudio de las imágenes y determinó la prisión preventiva de Pablo Ferreira en principio por el lapso de quince días, sostenida principalmente por la declaración de la testigo, observándose que en ese tiempo se tendrá la posibilidad de colectar otras pruebas que el caso requiere.