El control online de los yacimientos avanza en las provincias productoras

La resolución 318/2010 de la Secretaría de Energía dispone en sus considerandos que “es una obligación de los concesionarios de explotación de hidrocarburos la utilización de las técnicas más modernas, racionales y eficientes, tendientes a optimizar la explotación de los yacimientos de hidrocarburos que están a su cargo”. Se chequearán los datos con las declaraciones juradas anuales de las empresas.
Primero La Pampa y ahora Tierra del Fuego aplicarán en sus yacimientos un sistema de control online para cuantificar su desempeño hidrocarburífero. Se trata de un plan que avanza paulatinamente en las provincias agrupadas en la OFEPHI (Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos), solicitado por la Secretaría de Energía de la Nación.
Tierra del Fuego implementará un proyecto de nomenclatura y telesupervisión de pozos, según trascendió de la reunión de la OFEPHI en noviembre último. Este método le permitirá una lectura online de la ubicación y producción de sus yacimientos, todos ubicados en zonas off shore de la isla.
“Desde el punto de vista del Estado provincial se trata de un importante avance a fin de agilizar el control de los datos productivos de las empresas en tiempo real. Sucede que hasta el momento las firmas sólo nos informaban sus niveles de extracción mediante declaraciones juradas”, explicó Ricardo Saporiti, director de Capacitación y Proyectos de la Secretaría de Hidrocarburos de Tierra del Fuego en declaraciones a la revista Petroquímica.
Los datos que se obtengan con este novedoso método serán transmitidos a la Secretaría de Energía de la Nación y también estarán a disposición del resto de las provincias productoras de hidrocarburos. En resumen, los datos están disponibles en tiempo real a la autoridad de aplicación y a las propietarias de los recursos.
La resolución 318/2010 de la Secretaría de Energía dispone en sus considerandos que “es una obligación de los concesionarios de explotación de hidrocarburos, la utilización de las técnicas más modernas, racionales y eficientes, tendientes a optimizar la explotación de los yacimientos de hidrocarburos que están a su cargo”.
En el artículo 4 de la resolución se establece: “cuando el petróleo y el gas sean sometidos a procesos de Tratamiento y/o Acondicionamiento, los concesionarios deberán: a) Medir la producción de hidrocarburos en los Puntos de Medición, como por ejemplo al ingreso de los sistemas de transporte por conductos o cargaderos; b) Medir la producción de hidrocarburos de procedencia costa afuera, a la salida de la plataforma, en la cañería de trasporte hacia la planta de tratamiento en tierra, a fin de establecer las relaciones de aportes de los diferentes yacimientos en el Punto de Medición; c) Medir las producciones de Petróleo y Gas, en Especificación Comercial, que debe asignarse a cada provincia, cuando las áreas abarquen a más de una provincia; d) Medir la producción de petróleo y gas, cuando la misma se evacue fuera del área sujeta a la concesión de explotación o permiso de exploración”.
En el artículo 10 se detallan cómo son los sistemas de Telesupervisión. “Dichos sistemas deberán tener la aptitud de poder ser interrogadas sus bases de datos por parte de la Secretaría de Energía y la Autoridad de Aplicación respectiva, de modo tal que los datos de volúmenes medidos en los Puntos de Medición puedan ser replicados en donde dichas autoridades lo indiquen”, dice.
En otro tramo del mismo artículo se plantea que “la información correspondiente a la producción de petróleo y de gas deberá ser la de sus puntos de origen, es decir los tomados a la salida de los computadores de volumen o de flujo, respectivamente, antes de ser procesada por los programas del sistema SCADA”.
“Los permisionarios y concesionarios deberán realizar las adecuaciones informáticas e implementar los vínculos de comunicaciones, para que los datos correspondientes a los Puntos de Medición, sean accesibles y transmisibles vía Internet, mediante Protocolos TCP/IP, según lo determine la Secretaría de Energía y la Autoridad de Aplicación respectiva”, aporta también el artículo 10.
“Los permisionarios y concesionarios deberán tener actualizados los diagramas de todas las redes de Telesupervisión, los que deberán ser informados a la Secretaría de Energía y a las Autoridades de Aplicación respectivas, cada vez que haya alguna incorporación y/o modificación de los nodos de interrogación, unidades remotas (RTU), repetidores de enlaces e instalaciones conexas”, añade.

EXPERIENCIA PAMPEANA
El monitoreo online que arrancó a pleno este año en Tierra del Fuego ya viene aplicándose en La Pampa. Las operadoras que trabajan en esa provincia suministran la información a través de un enlace vía Internet que pueden verse a través de una pantalla preparada para esa tarea.
Esas dos provincias son las nuevas estrellas del escenario hidrocarburífero argentino. La Pampa aportó 9,7 millones de barriles de petróleo en 2011, y ese mismo año unos 455 mil metros cúbicos de gas. En ese mismo momento, Tierra del Fuego generó 4,8 millones de barriles petroleros y 3,8 millones de metros cúbicos de gas.
La tecnología aplicada tiene tres ventajas estratégicas: reducir las horas/hombre necesarias para efectuar el mismo trabajo manualmente, incrementar la confidencialidad de los datos que se obtienen directamente de los medidores depuestos en distintos puntos de las áreas productivas y permitir la comparación entre los volúmenes cuantificados y las declaraciones juradas que mensualmente elaboran las empresas.

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