El fiscal federal Gerardo Pollicita decidió ayer dar curso a la investigación de los hechos denunciados por Alberto Nisman, quien acusó a la presidente Cristina Fernández de Kirchner y al canciller Héctor Timerman, entre otros, por supuesto encubrimiento a los iraníes acusados de haber planeado y llevado a cabo el atentado de 1994 contra la AMIA.
En un requerimiento de 62 carillas dirigido al juez de la causa, Daniel Rafecas, el fiscal dio por buenos todos y cada uno de los componentes de la controvertida denuncia que Nisman presentó el 14 de enero, en la que denunciaba un “plan criminal” ideado por el gobierno para dar impunidad a los iraníes.
En sintonía total con aquella presentación de Nisman, Pollicita requirió ahora que también se investigue al canciller Héctor Timerman, por la hipotética puesta en marcha de un “plan delictivo” supuestamente consumado con la rúbrica del acuerdo de 2013, luego ratificado por el Congreso.
En su requerimiento, el fiscal solicitó diversas medidas de prueba que no fueron divulgadas pero, a diferencia de Nisman, no pidió que se indague a la Presidente ni al canciller.
La investigación impulsada por Pollicita no contempla ninguna de las pruebas aparecidas tras la denuncia original de Nisman, en especial aquellas que desmentirían la hipótesis central del acuerdo denunciado por el fiscal de la causa AMIA: el supuesto pedido argentino de dar de baja las “alertas rojas” que permitirían la detención de los cinco iraníes acusados apenas salgan de su país.
Tras aquella denuncia de Nisman, el ex jefe de Interpol, el norteamericano Ronald Noble, rechazó en dos oportunidades esa suposición y declaró que el fiscal “miente” al denunciar un supuesto pedido del canciller Timerman, ya que, además de no haber existido, quien debía hacer el pedido era el juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral, que lo había formalizado.
El propio Canicoba Corral reiteró ayer, luego de conocerse el accionar asumido por el fiscal a cargo de impulsar la denuncia de Nisman, que “nadie del Poder Ejecutivo” le “pidió el levantamiento de las alertas rojas”.
En su escrito, Pollicita dio crédito a todas las afirmaciones de Nisman sobre la existencia de una “diplomacia paralela” organizada desde el propio gobierno que habría sido detectada en unas 5.000 horas de escuchas telefónicas sobre el referente de la comunidad chiita porteña, Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil, denunciado como supuesto contacto del gobierno iraní.
Los restantes imputados por Pollicita son los mismos que había pedido Nisman, y corresponden a los que aparecen, aunque sea mencionados, en esas comunicaciones: el diputado Andrés Larroque; el ex fiscal federal Héctor Yrimia, los dirigentes sociales Luis D`Elía y Fernando Esteche, y el falso espía Ramón “Allan” Héctor Bogado.
LAS PRUEBAS
Entre las medidas de prueba pedidas por Pollicita que no se conocieron figuraría, en primer término, la desgrabación de esas miles de horas contenidas en unos 900 CD y que fueron entregados por Nisman al juez Ariel Lijo, quien se declaró incompetente aduciendo que la causa de encubrimiento que tramita su juzgado refiere al periodo 1994-2004, cuando el juicio por el atentado se declaró nulo.
Esas tareas de desgrabar y ordenar cientos de registros demandaría varios meses, acaso hasta luego de las elecciones de octubre, y será el primer problema que deba ahora resolver el juez Rafecas, apenas se reinstale el miércoles próximo en su despacho.
Rafecas, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3, resolvió cancelar su licencia que le había sido concedida hasta el 22 de febrero próximo y reasumir este miércoles sus funciones luego de que el fiscal Pollicita le devolviera el expediente que se iniciara por la denuncia de Nisman.
“Esta confabulación habría sido orquestada y puesta en funcionamiento por las altas autoridades del Gobierno nacional argentino, con la colaboración de terceros, en lo que constituye un accionar criminal configurativo, según refiere la denuncia, de los delitos de encubrimiento por favorecimiento personal agravado, impedimento o estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 277 incisos 1 y 3, 241 inciso 2 y 248 del Código Penal de la Nación)”, dice Pollicita en su requerimiento.
DENUNCIA REFUTADA
Ayer, antes de que el fiscal difundiera su dictamen pero cuando ya todos los canales informativos comenzaban a anunciarlo, la Procuración del Tesoro de la Nación que asume la representación del Estado nacional en los litigios, hizo una presentación ante el juzgado de Rafecas.
El escrito de 68 páginas de la Procuración del Tesoro Nacional asegura que “documentos de carácter técnico” producidos por el Gobierno “desbaratan las afirmaciones” de la denuncia del fallecido fiscal del caso AMIA, cuyas acusaciones no presentan pruebas que demuestren conductas “susceptibles de ser encuadradas en ilícitos penales tipificados” en el Código Penal, por parte de la presidente Cristina Kirchner o funcionarios del Poder Ejecutivo.
“No existe prueba alguna, ni siquiera de carácter ‘indiciario’” que demuestren un delito, puntualiza el escrito que la Procuración del Tesoro de la Nación presentó esta mañana ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal número 3, a cargo de Daniel Rafecas, quien tiene a su cargo la investigación de la denuncia formulada por el fallecido titular de la Unidad Fiscal de Investigación de la causa AMIA.
El escrito sostiene también que “ninguna actuación de las autoridades del Gobierno argentino tuvo por objeto la desincriminación de los ciudadanos iraníes, en particular aquellos alcanzados por las notificaciones rojas de Interpol”, en el marco de la investigación del atentado a la mutual judía.
“El objetivo que persiguió el Gobierno argentino a través de dicho acuerdo fue el de favorecer el progreso de la causa AMIA, cuyo trámite se vio gravemente obstruido por la imposibilidad de someter a declaración indagatoria a varios ciudadanos iraníes imputados en el proceso, debido a la inexistencia de acuerdos bilaterales previos que obligaran a Irán a extraditar a esas personas”, consigna el escrito.
“Ni del texto del Memorándum de Entendimiento ni de lo actuado por las autoridades del Gobierno argentino en forma previa, concomitante o posterior al acuerdo, se infiere la existencia de acuerdo alguno destinado a alcanzar un objetivo distinto al anteriormente señalado”, asevera el documento difundido por la Procuración, que hoy presentará formalmente en sede judicial.