El juicio por el homicidio culposo de Clementino Thorp (74), un peatón que fue atropellado por un automóvil conducido por Magdalena López (38) en marzo de 2021, llegó a su etapa final con los alegatos de las partes. La fiscal Laura Castagno solicitó la declaración de responsabilidad penal de la acusada por la conducción imprudente de su vehículo. Mientras, el defensor Marcelo Catalano pidió la absolución y denunció falso testimonio de algunos testigos. Un familiar de la víctima reclamó justicia.
El hecho ocurrió el lunes 22 de marzo de 2021, alrededor de las 18:30 horas, en la intersección de las avenidas Estrada y San Martín de la ciudad de Sarmiento. Según la acusación fiscal, Magdalena López conducía un automóvil marca Volkswagen modelo Gol Trend por la avenida Estrada en dirección este-oeste. Al llegar al cruce con la avenida San Martín, embistió con su vehículo a Clementino Thorp, quien intentaba cruzar la calle por el paso peatonal. A raíz del impacto, el peatón sufrió graves lesiones que le causaron la muerte.
Para la fiscal Castagno se logró probar la materialidad y autoría de la imputada. En este sentido, enumeró y destacó las declaraciones de los testigos que presenciaron el hecho. Asimismo, subrayó las imágenes del material fílmico obtenido de una cámara de vídeo ubicada en una vivienda sobre la Avenida Estrada.
En consecuencia, anticipó que solicitarán al tribunal la declaración de responsabilidad penal de la acusada, porque ha quedado debidamente acreditado los requisitos del tipo penal.
LA BASE DE LA ACUSACION
Para Castagno, el aspecto medular del caso se basa en que las circunstancias de tener el sol de frente eran similares a 200 metros antes del lugar del hecho.
En este marco, destacó el informe de la licenciada en Criminalística Julieta Bochatey, respecto de la visibilidad que tenían los conductores de vehículos la tarde del lunes 22 de marzo de 2021.
En este sentido, los investigadores afirman que Magdalena López contó con 38 metros, para visibilizar cualquier persona u obstáculo que pudiera cruzarse en su recorrido a una velocidad constante. Por eso se habla de una conducción imprudente, por no estar atenta a los riesgos propios de la conducción de un rodado. En tanto, indicaron que los informes periciales confirmaron que no se observaron huellas de frenada o de desvío del vehículo.
Por lo tanto, se logró probar que la acusada no realizó ninguna maniobra tendiente a evitar que su vehículo embistiera a Thorp.
También señalaron que el parasol del automóvil de López estaba colocado en el lugar del acompañante y no del conductor. En esta línea de argumentación, la fiscal mencionó otras infracciones al deber de cuidado cometidas por la imputada.
Finalmente, solicitó la declaración de responsabilidad penal de López como autora penalmente responsable del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente de automotor.
A su turno, el abogado Catalano indicó que su asistida conducía en forma reglamentaria, atenta al tráfico y a los peatones. Para reforzar sus argumentos, exhibió imágenes de las cámaras de video. En este contexto, refirió que el peatón apareció de manera sorpresiva frente al automóvil.
El juez Ariel Quiroga convocó a las partes a una audiencia de lectura de la sentencia. El acto judicial fue fijado para el miércoles 12 de abril a las 12:00, en la sala de audiencias n° 1 de la Oficina Judicial.
