Fue ilegal la revisión policial y absolvieron a un hombre
El juez Ariel Quiroga absolvió a Hugo Nahuelfir, quien llegó a juicio en Sarmiento imputado como presunto autor del delito de portación de arma de fuego sin autorización legal. El magistrado explicó que no había justificación para que la policía lo revisara.

El juicio por portación ilegal de arma de fuego contra Hugo Nahuelfir se desarrolló en la Oficina Judicial de Sarmiento. Durante la tarde del jueves se realizaron los alegatos de las partes.

El delito ocurrió en los primeros minutos del 20 de mayo de 2021, cuando dos policías interceptaron a Nahuelfir mientras caminaba por la avenida 9 de Julio y calle Dorrego. Lo identificaron y palparon para descubrir que llevaba un revólver calibre 22, con tres municiones, sin la autorización legal para la portación de arma de fuego.

La fiscal Rita Barrionuevo comenzó su exposición con la respuesta a la pregunta planteada por el defensor oficial Gustavo Oyarzún: ¿puede el personal policial en cualquier ocasión sin sospechar criminalidad e indicios objetivos de que una persona cometió un delito, detener en la vía pública un ciudadano a los fines de su identificación y palparlo?

Para la representante fiscal la policía actuó de manera legal y razonable conforme a sus funciones. Luego, se refirió a las leyes y normas constitucionales que sustentan el marco legal del procedimiento policial. También repasó los testimonios que confirmaron que el acusado portaba un arma de fuego.

La fiscal solicitó al juez que declare al acusado autor penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil, sin la autorización legal correspondiente.

En tanto, el defensor sostuvo que el caso fue analizado de manera muy parcializada por el Ministerio Público Fiscal. Consideró que al escuchar los testimonios brindados por el personal policial, no se alegó ninguna condición sospechosa sobre su asistido que permitiera justificar su detención.

Oyarzún aseguró que se trató de la detención ilegal de una persona que desató una serie de actos que estaban viciados desde el inicio. En consecuencia, peticionó la absolución de su asistido y, de manera alternativa, propuso la absolución por falta de afectación y la aplicación del atenuante que disminuye en un tercio la pena aplicable.

El magistrado sintetizó los hechos que a su criterio quedaron probados durante el debate. Expresó su coincidencia con la fiscal respecto a la justificación de identificación de personas, pero a su criterio no había motivos de un riesgo mínimo para que el personal policial actuante procediera al palpado preventivo.

En consecuencia, declaro ilegal la privación de la libertad de Nahuelfir y los actos posteriores de requisa personal, secuestro del arma de fuego y peritaje de la misma. Por todo ello, Quiroga absolvió al sospechoso del delito por el que estaba imputado.