Un tribunal de revisión avaló la medida dispuesta por la jueza Arcuri y el individuo permanecerá detenido por haberle disparado a una persona en enero de este año. Cuenta con antecedentes y en caso de ser condenado, debería cumplir con una pena de prisión efectiva.
El 13 de enero de este año, Gabriel Omar “Gabito” Nahuelquir se presentó en la casa de la víctima y le efectuó varios disparos, impactando uno en su humanidad. Al día siguiente, la Policía le secuestró un arma de fuego de guerra.
Este martes se realizó la audiencia de revisión de la prisión preventiva que cumple el imputado, a pedido de su abogado, Gustavo Oyarzún, quien cuestionó la resolución de la jueza Daniela Arcuri de prorrogarle la prisión preventiva hasta el próximo 13 de enero de 2025. El defensor consideró que era más pertinente su arresto domiciliario con un dispositivo de GPS.
Sin embargo Franco Tavano -representante de fiscalía- se opuso y finalmente el tribunal de revisión –integrado por los jueces Raquel Tassello y Mariano Nicosia- resolvió mantener la prisión preventiva de Nahuelquir hasta el día señalado por Arcuri.
El defensor había argumentado que “se desnaturalizó el fin procesal de la preventiva y no trata al imputado como inocente; vulnera el principio de imparcialidad de los jueces”.
En la audiencia preliminar, la jueza Arcuri consideró que la causa debía elevarse a juicio por el delito de abuso de armas, es decir un delito menor, y elevó la causa a juicio, resaltando que la fiscalía impugnó la resolución de sobreseimiento ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, planteado allí la nulidad del auto de apertura a juicio.
Además, se mantienen los peligros procesales ya que Nahuelquir fue condenado y va a tener declaración de reincidencia, más allá de que el informe socio-ambiental dio negativo; es decir que no están dadas las condiciones para morigerar la prisión preventiva que cumple el imputado.
