Ganancias: advierten que la deducción de alquileres beneficiará a un "sector pequeño"

Para poder efectuar la deducción habrá que presentar el contrato del alquiler y una factura mensual avalada según los lineamientos clásicos dispuestos por la AFIP.
La posibilidad de deducir hasta el 40% del alquiler del impuesto a las Ganancias fue recibida como una "muy buena noticia" por Inquilinos Agrupados porque "es la oportunidad de blanquear un mercado en negro". Sin embargo, desde la asociación anticiparon que la medida de la AFIP impactará en un "sector pequeño" de los inquilinos y que "aún hay mucho por hacer".
En diálogo con ámbito.com, el presidente de la entidad, Gervasio Muñoz, estimó que dentro de un universo de seis millones de inquilinos en todo el país, sólo el 12,5% se verán beneficiados por la medida de la AFIP. "Si el impuesto a las Ganancias alcanza a un millón y medio de personas, estimo que menos de la mitad alquila", advirtió.
Desde la entidad que agrupa a los inquilinos detallaron que cada contribuyente que alquile una vivienda podrá descontar hasta $51.967 por año de Ganancias. De esta forma, un inquilino que paga $6.000 por mes podrá deducir hasta $2.400 mensuales. Mientras que aquel que abone un alquiler de $15.000, podrá descontar hasta $4.330 mensuales.
Muñoz resaltó que la resolución de la AFIP "esconde" una contradicción porque "el sector que no paga Ganancias es el sector mayoritario que es inquilino". En ese sentido, el especialista reflexionó: "Los inquilinos con mayor salario y que pagan un alquiler de $6.000, ahora tienen una deducción. Mientras que los inquilinos de salario bajo van a seguir pagando $6.000".
Al margen de la deducción impositiva, el organismo que dirige Alberto Abad anunció que aquellos inquilinos que deduzcan el alquiler de Ganancias deberán exigir una factura emitida por el dueño del inmueble o una inmobiliaria. Al respecto, Muñoz consideró que "blanquear la renta de los propietarios" es una medida "para hacer una análisis del mercado de la vivienda".
Los trabajadores que vivan en alquiler y no tengan ningún inmueble a su nombre podrán deducir hasta el 40% de ese pago mensual, con un tope anual de casi 52.000 pesos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha el sistema entre el 1 y el 31 de marzo, pero las deducciones serán retroactivas al 1° enero, se informó oficialmente.

COMO DEDUCIR
EL ALQUILER
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) revolucionará desde este mismo mes el mercado argentino de alquileres de inmuebles según la reglamentación que ayer presentó en sociedad el organismo que maneja Alberto Abad, para poder inscribir la deducción en el sistema Siradig (la presentación de la declaración jurada mensual on line donde se van sumando las deducciones autorizadas), habrá que presentar el contrato del alquiler y una factura mensual avalada según los lineamientos clásicos dispuestos por la AFIP. Esto es, con el nombre de la persona propietaria del inmueble, su número de CUIT, su actividad (en este caso locador), la fecha de la facturación, el mes correspondiente, el número de la factura, el domicilio fiscal, si es o no responsable inscripto en el IVA, si es monotributista y los datos habituales de donde se confeccionó el talonario y la autorización para emitirlo o, en su defecto, la factura electrónica. Además, en el caso del contrato, los firmantes (locador y locatario) deben ser los mismos que luego figuren como contribuyente que presente la deducción y el titular de la factura. Ambos documentos, el contrato y la factura mensual, deben ser escaneadas por el contribuyente que pedirá el beneficio, enviadas a la AFIP, y avaladas por el organismo, antes de obtener el descuento en la liquidación de sueldos. Cuando la factura sea emitida por una inmobiliaria, esta tendrá que aclarar que lo hace a nombre de un propietario, indentificando los datos de este. Luego la AFIP podrá requerir la información de la relación comercial y las operaciones financieras entre ambos.
Los documentos que se deberán presentar, amenazan con crear una catarata de conflictos entre los propietarios locadores y locatarios.

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