La captaron en Bolivia para reducirla a la servidumbre y abusarla en Comodoro

Una pareja de nacionalidad boliviana fue condenada a fines de mayo a 10 y 12 años de prisión por trata de persona de una menor de edad. La captaron en Potosí, donde vendía “chicha” con su madre. La trajeron a Comodoro Rivadavia para lavar, limpiar, cocinar y cuidar a cuatro hijos de la pareja. No la escolarizaron y solo le pagaban cinco pesos los domingos para que se comprara jabón. Cuando la mujer se ausentaba, el hombre abusaba sexualmente de ella.

María nació el 6 de mayo de 1994. En abril de 2011, a los 15 años y mientras vendía “chicha” junto a su madre en las calles de Potosí, Bolivia, fue captada por los tratantes de blancas. Su mamá estaba triste porque su hija mayor había abandonado el hogar y quizás por eso pensó que había hallado una solución para su otra hija.
Según la investigación, Héctor García Martínez y Sandra Nogales Vallejos hablaron con la mujer y le ofrecieron traer a María a Comodoro. A cambio de su trabajo le enviarían dinero. Se le prometió que la chica realizaría tareas domésticas por una suma de 1.000 pesos al mes, además de proveerle vestido y comida.
De esa manera la pareja de bolivianos nacidos en Cochabamba y con residencia en el barrio Moure de Comodoro Rivadavia consiguieron un poder de sus progenitores para traer a la menor. El 5 de abril de 2009 a las 9, utilizando el paso fronterizo Salvador Mazza-Yacuiba, ingresaron a la Argentina.
La pareja pretendía explotar laboralmente a la menor en su vivienda de la calle Ocaso, donde también vivían junto a cuatro hijos menores de edad. Desde ese abril de 2009 María inició un calvario en vida.
La Justicia Federal logró probar que en esa maniobra hubo captación, transporte y acogimiento de la menor con un objetivo claro: explotarla.
A María le impedían volver a su hogar, no le daban la ropa necesaria para soportar el invierno; tampoco la escolarizaron -ella solo sabía escribir su nombre- y mucho menos le ofrecieron buen trato. Lejos de sus padres, María se convirtió en un objeto al ser despersonalizada por sus captores. Hasta tal punto que el hombre además la violaba casi a diario. La falta de medios y de conocimiento le impedían alejarse del domicilio de los García-Vallejos. Solo le daban cinco pesos los domingos, pero con ese dinero se tenía que comprar hasta el jabón que necesitaba para higienizarse. Y cuando intentaba hablar por teléfono con sus padres, era acompañada por alguno de sus explotadores, por lo que no podía denunciar la situación.

VICTIMA VULNERABLE
“La función del reclutador, que es quien selecciona a las víctimas, es fundamental ya que de ello dependerá el éxito de la explotación, por cuanto mientras más vulnerable sea la víctima más fácil será acentuar tal condición, logrando la despersonalización de la misma, lo que permitirá tratarla como un objeto -no como un sujeto-, fin último de este siniestro delito” consigna el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario sobre la trata de personas agravada.
El 28 de abril de 2011 a las 8, Hugo Morales y Pablo Carrizo -de la Brigada de Investigaciones- llegaron hasta la calle Francisco Behr y 10 de Noviembre del barrio San Cayetano. Se entrevistaron con una mujer que por temor a represalias se negó a brindar sus datos, pero que puso en conocimiento la situación de la menor y señaló la vivienda donde ésta residía.
De esa manera se supo que la menor no sabía ni leer, ni escribir y que no salía a ningún lado; que solamente visitaba a dos vecinos donde iba a mirar televisión y que constantemente era vigilada por los hijos de la pareja captora.
Una vez que la chica sintió confianza le pidió ayuda a la vecina porque no quería estar más allí. Decía que Héctor “le hacía cosas feas” cuando Sandra no estaba. “Que le baja la bombacha y se le sube encima”, dijo la mujer según consta en la causa.
De acuerdo a la denuncia, el hombre mandaba al hijo más grande a hacer mandados y a los más chicos los subía a la camioneta para que jugaran y en ese momento entraba a la casa y violaba a la menor.
Para tener la confirmación de los dichos de la vecina, una agente de la Brigada pudo tomar contacto con la menor haciéndose pasar por testigo de Jehová y cuando le consultó a la joven si había algún tipo de abuso sexual por parte de Héctor, la niña dijo que sí.

LAS SIETE PLAGAS
Había oportunidades en la que sus captores la dejaban sin comer y la echaban al patio. Y hasta le colocaban llave a la puerta para que no ingresara. La niña denunció ante la Policía que también sufrió maltratos físicos por parte de Sandra.
La menor trabajaba día y noche y aunque no se quejaba de su trabajo, sí de que Héctor la ataba a la cama y la penetraba sin su consentimiento, la mayoría de las veces sin protección.
María solo quería el dinero que le habían prometido para volver con su madre. Pero no tenía a nadie para contarle su situación, le costaba expresarse, lloraba, tenía el pelo sucio, mal olor y aspecto de abandono.
Con la denuncia en mano, la Fiscalía pidió un allanamiento a la juez Mariel Suárez, aunque luego la fiscalía se declaró incompetente por lo que el caso pasó a manos de la Justicia Federal.
En los secuestros que realizaron los investigadores en los allanamientos figuran una cédula de identidad de la República de Bolivia a nombre de la menor y un comprobante de envío de dinero de la empresa “Wester Union” por 100 dólares enviado por Sandra Vallejos a la madre de la menor, además de dos notarios de fe pública, uno de autorización de viaje al exterior y otro de tenencia por la menor.
Entre los delitos que se comprobaron figuran el trabajo infantil, la servidumbre, violaciones reiteradas, trata de menores y vulneración de los derechos establecidos en las leyes vigentes, acuerdos y pactos internacionales.
La defensa de los imputados planteaba que no estaba probado que la menor tuviese restringida su movilidad y en relación al abuso sexual sostenía que no estaba acreditado que sufriera tales prácticas. Sostenían que la entrega de la menor fue consensuada con la madre, a la que se le enviaron tres giros, y que el poder no facultaba a los procesados a inscribirla en la escuela.
La Dirección de Migraciones, por su parte, informó en la causa que García Martínez estaba radicado desde el 18 de abril del 2011 y Sandra Vallejos desde el 7 de febrero de ese año, mientras que la menor sometida a la trata no registraba ningún trámite migratorio, más que el paso fronterizo.

EN EQUIPO
La menor, según los informes, padecía temor, nerviosismo y angustia que disminuían su capacidad expresiva y de atención. La comunicación con María se tornaba dificultosa, ya que debía ser con preguntas concretas y leguaje claro. En el caso intervino la Dirección del Programa de Género dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del municipio y un equipo de Violencia de Género de la Municipalidad que la alojó en “La Casa” hasta retornar a Bolivia.
A María cada vez que se acostaba a dormir se le aparecía la imagen de Héctor abusándola y eso le daba mucha vergüenza. Recordaba que éste solo le repetía que no le dijera nada a Sandra, su mujer. Y no sabía cómo se lo iba a contar a su mamá. Se asustaba cuando veía hombres. Ansiaba estudiar y volver a Bolivia.
La madre no hablaba español y se necesitó un intermediario para que los investigadores le contaran la situación.
“Acoge quien da hospedaje y ‘protección’ en esta versión moderna y disimulada de la esclavitud” sostiene una investigación por tráfico de personas que se citó en la causa.
La trata, según consignó la Justicia, fue manifiesta en los hechos que se han investigado y probado, como el traslado de la menor desde una localidad lejana, la falta de pago a la que se habían comprometido, la vigilancia sobre quien ni siquiera contaba con la libertad de hablar con su progenitora sin que mediara la presencia de sus captores, la falta de recursos a la que fuera sometida y la ausencia de educación, entre otras. Ella provenía de una situación de extrema precariedad que la tornaba vulnerable y según se investigó los acusados se valieron de esa circunstancia y la agravaron con el trato que le dieron sumiéndola en las carencias.
La médica confirmó que la niña había mantenido relaciones sexuales y remarcó que el vello pubiano que se le extrajo en el hisopado no lo fue de su vagina, sino de su cuello uterino, lo que revelaba una penetración profunda. Que en sus últimas palabras el acusado dijo que no iba a su casa, pero sin embargo en el acta de allanamiento se relata su arribo al lugar.
También es un indicador común en estos casos la necesidad compulsiva de la menor por bañarse, que se coordina con la necesidad psicológica de limpiarse de la suciedad con la que fue sexualmente contaminada, al ser víctima de un acceso carnal indeseado.
La trabajadora social del Servicio de Asistencia a la Victima dependiente del Ministerio Púbico Fiscal expuso en la causa que la menor fue encontrada en estado de desprotección, con gran nivel de vulnerabilidad, indicadores de aislamientos familiar y social y que no estaba escolarizada.
El caso se ingresó al Convenio de UNICEF-OIM-SENAF (Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia) por el cual se brindan recursos para apoyar el proyecto de vida de la niña tras su retorno. En dicho proyecto se acordaron los recursos para que retome la escolaridad, ingrese a un programa de alfabetización y se colabore con el grupo familiar en el sostenimiento de sus estudios.
Mediante la intervención del Consulado de Bolivia en Buenos Aires se articuló con el Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES) de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra (Bolivia) y con la Dirección de Niñez y Adolescencia (DNA) de esa ciudad, a fin de que realice el seguimiento del caso en la localidad de San Julián, domicilio de la familia.
La joven retornó a su país el 5 de setiembre de 2011, siendo recibida por sus padres y tíos en el aeropuerto de su ciudad. El seguimiento del caso ahora está a cargo de la Dirección de Niñez y Adolescencia de la ciudad de Santa Cruz y la OIM (Organización Internacional para las Migraciones) en La Paz.
Finalmente, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal conformado por los jueces Guido Otranto, Enrique Guanziroli y Pedro de Diego condenaron el 20 de mayo pasado a Héctor García Martínez a 12 años de prisión por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de trata de personas menores de edad, agravado por el estado de vulnerabilidad de la víctima y engaño, en concurso real como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal. Y también condenó a Sandra Nogales Vallejos a 10 de prisión por encontrarla penalmente responsable del delito de trata de personas menores de edad, agravado por el estado de vulnerabilidad de la víctima y engaño. 

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