La Sala I de la Cámara Federal concedió el recurso presentado por el Estado contra el fallo por el que declaró inconstitucionales el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la Argentina y el de Irán sobre el ataque terrorista a la sede de la AMIA, y la Ley 26.843 que lo aprobó.
Según las normas procesales, será ahora el máximo tribunal en materia penal del país el que analice si ratifica o revoca aquella resolución "superados los requisitos reclamados por el ordenamiento procesal y especificadas las razones que han conducido al recurrente a discrepar con la opinión del Tribunal, indicando y analizando cada uno de los puntos sometidos a controversia, es que habrá de concederse el recurso de casación deducido", afirmó la Sala I.
En la resolución cuestionada -que hora será revisada por la Cámara Federal de Casación- se había dispuesto "que no se dé comienzo a la ejecución del referido Memorándum, mientras se transiten las eventuales vías recursivas que contra la resolución puedan ser deducidas".
En este sentido, el fallo, que fue apelado por el gobierno el 30 de mayo pasado, también había sido apelado por los familiares de víctimas que actúan como querellantes Juan Isidoro Degtiar, Olga Noemí Diacovetzky, Jacobo Fuman, Graciela Linial, Jorge Jurin, Sergio Leonardo Burstein, Mariano Sebastián Burstein y Romina Burstein, pero en este caso el recurso no se concedió pues los jueces entendieron que la fundamentación fue insuficiente.
Los informantes apuntaron que los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero también resolvieron "tener presente" una apelación para que la causa pasara directamente a estudio de la Corte Suprema, "ante la posibilidad de que la Cámara Federal de Casación Penal determinara que no reviste la calidad de tribunal superior en la causa", informó Télam.
En su apelación, el ministerio de Justicia y Derechos Humanos sostuvo que la sentencia de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional de la Capital que declaró inconstitucional el Memorándum "es arbitraria" porque "invade la esfera de actuación del Poder Ejecutivo y del Congreso, cercenando las facultades que la Constitución expresamente otorga a estos dos poderes".