La Fiscalía pidió seis años de prisión para Marcos García por tentativa de homicidio

El juez Alejandro Rosales dio por clausurada la etapa de debate en el marco del juicio oral y público contra Marcos García, imputado como presunto autor del delito de homicidio simple en grado de tentativa, en concurso real con resistencia a la autoridad y lesiones leves. El magistrado convocó a las partes para el viernes 2.

En el alegato final, la fiscal Laura Castagno requirió que se declare al acusado, Marcos Javier García (37), autor penalmente responsable de los delitos que le endilgó la parte acusadora. Asimismo, solicitó que se le imponga una pena de seis años de prisión por la acusación principal, o cuatro años por la imputación subsidiaria de lesiones graves

Por su parte el abogado de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzún, pidió al tribunal la absolución de su defendido o la imposición del mínimo de la pena prevista y que la misma sea de ejecución condicional.

El acusado se encuentra detenido desde el 27 de diciembre del año pasado, luego de que agrediera físicamente a un hombre a la salida de un pub en la localidad de Alto Río Senguer. La víctima sufrió lesiones graves y secuelas que le impiden alimentarse, dormir y desenvolverse con normalidad.

En el desarrollo del alegato final, Castagno peticionó que se declare a García autor penalmente responsable de los delitos descriptos por la fiscalía en la pieza de acusación pública llevada a debate.

La investigadora valoró la declaración de la víctima, quien confirmó que como consecuencia de la agresión estuvo aproximadamente un mes internado en el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia.

Asimismo, en su declaración el denunciante reconoció que en la noche del hecho se encontraba en un avanzado estado de ebriedad y detalló las secuelas de las lesiones. En otro tramo, la representante de fiscalía destacó los informes médicos que aseveraron que la víctima sufrió lesiones que pudieron haber puesto en riesgo su vida.

En consecuencia, consideró que del análisis de las pruebas producidas en el juicio se presentan los elementos necesarios para tener por acreditada la materialidad del hecho y la autoría de García.

Por estos motivos, solicitó la declaración de la responsabilidad penal por el delito de tentativa de homicidio. Asimismo, en forma subsidiaria postuló la declaración de autoría del delito de lesiones graves en concurso real con el delito de resistencia en carácter de autor.

LESIONES GRAVES

Con respecto a la pretensión punitiva, consideró como agravantes la naturaleza de la acción, los medios empleados y la extensión del daño causado. En este sentido, mencionó que la víctima sufrió politraumatismos, compuestos por traumatismo de encéfalo craneano grave, tórax y facial. También sufrió múltiples fracturas de cráneo, dentro de ellas fractura de base de cráneo (peñasco), lo que provocó el desprendimiento del macizo facial y contusión pulmonar bilateral.

A todo ello, Castagno mencionó que la víctima estuvo seis meses con licencia laboral por razones de salud, debió realizar tratamiento de rehabilitación kinesiológica, tiene dificultades visuales, problemas en su función de masticación y está pendiente la cirugía facial para reconstrucción de su rostro, entre otras.

Luego señalo los agravantes correspondientes al hecho de resistencia a la autoridad. Finalmente peticionó que se le imponga al imputado una pena de seis años de prisión y se mantenga la medida de prisión preventiva. En caso de que el magistrado considere la acusación alternativa, la pena requerida fue de cuatro años de prisión por el delito de lesiones graves.

A su turno, Oyarzún sostuvo que del análisis de la acusación principal se puede establecer la figura de legítima defensa por parte de García. El abogado defensor explicó que en este caso se dan los requisitos establecidos en el Código Penal. Estos son: una agresión ilegítima de parte de la víctima, la necesidad racional del medio para repeler esa agresión y la falta de provocación suficiente. En consecuencia, peticionó la absolución de su asistido por esta acusación. De manera subsidiaria, peticionó que se adapte la calificación jurídica de lesiones leves.

En tanto, respecto al delito de resistencia a la autoridad, consideró que la orden de detención ya se había cumplido y que por lo tanto no se configuraba típicamente el delito. También requirió la absolución por esta causa.

En relación a la pena, en caso de que García sea declarado culpable pidió que se le aplique el mínimo de la pena establecida y que la misma sea de ejecución condicional. Por último, se opuso al mantenimiento de la prisión preventiva, al considerar que no existe el riesgo procesal de peligro de fuga.

Finalmente, el juez Rosales informó que se tomará tres días para analizar la prueba y los elementos presentados en el juicio y convocó a las partes a una audiencia para el próximo viernes. En ese acto judicial informará el fallo y los fundamentos de su resolución.

La investigación penal se inició a partir del hecho registrado el 24 de diciembre del año pasado a las 6, en el bar “Pub Tololo”, ubicado en calle 25 de Mayo, entre Julio Benítez y José Hernández de Río Senguer.

Según los investigadores, la víctima salió del local y fue seguido por el agresor. Al llegar a la vereda, Marcos García comenzó a propinarle golpes de puño en la cabeza, la cara y el tórax.

Cuando el agredido cayó al suelo, el agresor le dio una patada en la cabeza. Como consecuencia de los golpes, la victima resulto con politraumatismos, compuesto por traumatismo de encéfalo craneano grave, tórax y facial.

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