La Fiscalía solicitó la pena de prisión perpetua para Servera y el tribunal dará a conocer mañana su veredicto

La defensa planteó la inconstitucionalidad de esa pena. Argumentó que atenta contra el objetivo de resocialización de los condenados.

En los tribunales penales de Comodoro Rivadavia se desarrolló ayer la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio por el femicidio de Soledad Arrieta, donde hace dos semanas su expareja Gustavo Servera fue declarado penalmente responsable como autor del delito de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género”.

El tribunal de debate fue presidido por el juez Martín Cosmaro e integrado por sus pares Mariel Suárez y Jorge Novarino. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal María Laura Blanco mientras que la defensa del imputado fue ejercida por las abogadas particulares Carolina Cruz y Elizabeth Yapura. Asimismo se encontraban en la sala presentes familiares de la víctima asistidos por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).

La fiscal solicitó que se le aplique al condenado la pena de prisión perpetua. Mientras, la defensa planteó la inconstitucionalidad de esa pena. Finalmente el tribunal pasó a deliberar y mañana a las 12 dará a conocer su veredicto.

En este caso la pena que prevé el Código Penal es la pena fija de prisión perpetua que no admite graduación, sostuvo la fiscal. “En esta audiencia pierde sentido la discusión de las circunstancias atenuantes y agravantes del caso. La pena es absoluta, fija que no admite graduación, prisión perpetua. En función del principio de culpabilidad, el legislador entendió que este tipo de delito significa que hay un mayor grado de injusto. La gravedad del hecho, el mecanismo de producción la crueldad con la que se comete el delito”, argumentó.

Blanco manifestó que la constitucionalidad de la prisión perpetua ya ha sido abordada por distintos tribunales del país y por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut que registra numerosos fallos que ratifican de la Constitucionalidad de la prisión perpetua, manifestó la fiscal.

La fiscal añadió que las penas establecidas en el Código Penal por los legisladores ya tienen una presunción de legitimidad. De esa manera, solicitó que se condene a Servera a prisión perpetua. Asimismo solicitó que se mantenga la prisión preventiva sobre Servera hasta que la condena quede firme, ya que es mayor el grado de certeza por la declaración de responsabilidad, sobre la base del peligro de fuga.

RECHAZO DE LA DEFENSA

La defensa realizó la reserva del caso para posibles apelaciones. Planteó la inocencia de su defendido y que no comparte la pena. Insistió en la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, bajo el argumento de que la pena tiene que tender a la resocialización y que prisión perpetua no se condice con esa premisa.

La prisión perpetua va en contra del principio constitucional del debido proceso, argumentaron las defensoras. También solicitaron que se tenga en cuenta el interés superior de los menores de edad, hijos de Servera y de la víctima que necesitan ser asistidos.

EL FEMICIDIO DE SOLEDAD

El femicidio ocurrió durante la madrugada del lunes 5 de febrero del año pasado, en el horario comprendido entre la 1:30 y las 2:02. Según la Fiscalía, la víctima se encontraba en la vivienda ubicada en la parte posterior del terreno situado en Juan Manuel de Rosas al 3600, del barrio Abel Amaya.

En ese lapso, según la acusación fiscal, se hizo presente su esposo, Gustavo Alejandro Servera, de quien estaba separado. Este residía en la parte delantera del predio.

Se produjo una agresión física y utilizando un lazo metálico que el agresor colocó alrededor del cuello de Arrieta, se ejerció presión para reducirla. El ataque, le produjo a la joven excoriaciones lineales en diversas partes del cuerpo, entre ellas en el tórax del lado derecho, y en el cuello, región latero-posterior, dos equimosis en la parte delantera del cuello.

Después se roció el lugar con un líquido inflamable y se inició un incendio intencional que provocó la muerte por quemadura de las vías aéreas y de distintas partes del cuerpo.

La fiscal sostuvo que el ataque se produjo como conclusión de una relación signada por violencia de género, en la que Arrieta se encontraba en una situación de subordinación y sometimiento hacia Servera, basada en una relación desigual de poder.

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