El atentado ocurrió el domingo 6 de febrero y quedó registrado en las cámaras de video de un comercio ubicado en Chile y Constituyentes, donde las víctimas bajaron a comprar al multirrubro allí ubicado.
En ese momento, el auto fue embestido en dos ocasiones por un camión que conducía Franco Ariel Almonacid (24), quien había tenido un entredicho esa misma madrugada con su expareja y el novio en una cervecería ubicada en barrio Industrial. De hecho, Almonacid fue expulsado del lugar por su comportamiento.
Este lunes, la representante de fiscalía, María Laura Blanco, pidió que se mantuviera la prisión preventiva que cumplía el imputado por dos meses más, hasta finalizar el plazo de investigación. En contraposición, el defensor Guillermo Iglesias solicitó su libertad por vencimiento del plazo, aunque se conformaba con el arresto domiciliario.
La jueza penal, Mariel Suárez, se inclinó por el beneficio de la prisión domiciliaria y desde Fiscalía se anticipó que se pedirá una revisión ante dos jueces, tal como hizo la primera vez, cuando la propia Suárez lo dejó en libertad y 48 horas más tarde otros dos jueces revieron la medida.
La fiscal Blanco recordó que la calificación legal de “homicidio en grado de tentativa, en el caso de su ex agravado por el vínculo, más la intencionalidad de la conducta de embestir un vehículo de menor porte con un camión cargado con una batea, se pudo representar que podía causar lesiones o incluso la muerte de las personas que estaban en el rodado menor. “Embistió dos veces dicho rodado; es decir que no fue un delito culposo (sin intención); también hay peligro de entorpecimiento”, resaltó la parte acusadora.
Pero la jueza Suárez arguyó que “el principio de inocencia no se ha desvirtuado en esta etapa del proceso y la prisión preventiva debe ser una medida excepcional, medida de última ratio. Es para asegurar la presencia del imputado en el proceso y no debe ser usada como castigo previo”.