La justicia no permite las renuncias de los anestesistas
El Juez Civil y Comercial nº 2, Aldo Luis De Cunto, hizo lugar al recurso de amparo con pedido de medida cautelar presentado a principios de esta semana por el gobierno de la provincia, por intermedio de la Fiscalía de Estado, haciendo saber «a la Asociación Austral de Anestesiología y a los anestesiólogos Beatriz Adela Alvarez, Marta Ester Monsalvo, Julio Arnaldo Perea y Silvina Gabriela Palacios, que deberán continuar prestando servicios en forma regular y continua en el Hospital de Trelew en los cargos que venían desempeñando, no obstante las renuncias presentadas, mientras tramite el presente proceso, bajo apercibimiento de remitirse las actuaciones a la Justicia Penal en caso de no cumplirse con la medida ordenada».

La decisión del magistrado de Trelew fue dada a conocer ayer por la mañana y avala de esta manera el reclamo planteado por el Gobierno de la provincia solicitando «ordenar una medida cautelar a la Asociación Austral de Anestesiología y/o cada uno de sus integrantes a mantener la prestación de servicios en su especialidad en forma regular y continua, absteniéndose de acciones o medidas que pudieran afectar el normal desenvolvimiento de las intervenciones quirúrgicas y otras prestaciones que requieran de la intervención de anestesistas en el ámbito de todos los establecimientos dependientes de la Secretaría de Salud mientras tramita el proceso»; ya que se sostiene que «de concretarse la paralización total del servicio de anestesiología nos encontraríamos con una situación de daño irreparable y con consecuencias impredecibles. Ello se desprende de las notas y renuncias de varios anestesistas del sistema público».

"SUGESTIVA" RENUNCIA
Luego de recordar que los cuatro anestesistas citados presentaron sus renuncias el 15 de marzo, pese a que el día 13 el gobierno mediante decreto declaró la emergencia en los servicios de Anestesiología por el plazo de un año «y se suspenden las renuncias de los profesionales que presten servicios y/o cumplan funciones en la especialidad, dictado en cumplimiento de los deberes que le impone la Constitución Provincial al Estado Provincial en cuanto debe garantizar el servicio de salud». De Cunto indica en su resolución que «resulta ‘sugestiva’ la renuncia interpuesta el mismo día por todos los anestesistas que desarrollan actividades en el Hospital de Trelew, circunstancia que llevaría a la conlusión -dice el Juez- de que dicho nosocomio se quedaría sin profesionales de la especialidad para atender incluso los casos impostergables y de suma urgencia que pudieren presentarse, que demás está señalar es complejo reemplazar atendiendo la importancia que reviste la misma».
En ese marco, el magistrado también señala que «el derecho a la salud es de raigambre constitucional y está garantizado en nuestra Constitución Nacional en el artículo 42 y por el artículo 72 incisos 1, 2, 4 y 7 de la Constitución Provincial».