Mangeri apeló su condena a perpetua y califico al juicio como una "puesta en escena"
En el recurso la defensa encabezada por el abogado Adrián Tenca basa la apelación en tres ejes: la nulidad de la revisión corporal a la que fue sometida Mangeri en la Fiscalía la noche de su detención, la nulidad de los estudios de ADN y la absolución por el beneficio de la duda.
La defensa de Jorge Mangeri, condenado a prisión perpetua por el crimen de Angeles Rawson, cometido en 2013 en el barrio porteño de Palermo, apeló el fallo ante la Cámara Nacional de Casación y pidió su absolución al entender que el tribunal que lo sentenció fue "arbitrario" y que el juicio fue "una puesta en escena".
En el recurso -al que tuvo acceso Télam-, la defensa encabezada por el abogado Adrián Tenca basa la apelación en tres ejes: la nulidad de la revisión corporal a la que fue sometida Mangeri en la Fiscalía la noche de su detención, la nulidad de los estudios de ADN y la absolución por el beneficio de la duda.
Tenca también cuestiona la calificación por la que su cliente fue condenado a prisión perpetua al considerar que no hubo abuso sexual -y por lo tanto no se trató de un homicidio agravado por criminis causa-, y que tampoco se configuró la figura del "femicidio".
Para Tenca, el juicio realizado entre febrero y julio por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 9 "fue tan sólo una mácula, una 'miscene scene', que no tuvo la finalidad de obtener la verdad de los hechos investigados, sino tan sólo cumplir con una formalidad impuesta por el código adjetivo para formalmente aplicar a Mangeri la condena y la calificación que el Tribunal ya tenía impuesta antes de su comienzo".
El defensor volvió a plantear, como en el juicio, la nulidad de la "inspección corporal" -y de los actos procesales posteriores-, que se hizo sobre Mangeri la madrugada del 15 de junio de 2013, cuando fue llevado a declarar a la Fiscalía de Instrucción 35 como testigo y, tras una serie de contradicciones y de una autoincriminación, terminó preso por el homicidio.
Tenca sostiene que cuando la fiscal de instrucción Paula Asaro le pidió a Mangeri que le exhibiera el torso, no fue porque el portero le contó que sufrió apremios sino porque "sospechaba de él" y calificó aquella testimonial como una "emboscada estatal".
Sobre la nulidad del ADN, Tenca volvió a plantear que "las muestras de referencia (Mangeri y Angeles) y de evidencia (hisopados subungueales) se procesaron de manera conjunta", lo que "está total y absolutamente prohibido por todos los protocolos internacionales" porque "hace posible una contaminación cruzada".
"Nadie la vio entrar al edificio", sostiene la defensa para luego sostener sus dos hipótesis: "que la víctima nunca ingresó al edificio" o "que ingresó a su casa y volvió a salir con la misma ropa y los elementos con los que había ingresado".
"El tribunal no puede determinar con certeza cuál fue el lugar del ataque porque el homicidio no se produjo en el edificio", afirma la defensa.

CALIFICACION CONFUSA
Al criticar la calificación por la que Mangeri fue condenado, Tenca señala en primer término que el tribunal sostiene que hubo un abuso sexual "de un modo confuso, retórico, circular, y contradictorio".
"¿Realmente puede concluirse con certeza científica que una equimosis en la ingle izquierda de la víctima es necesariamente la consecuencia de un ataque sexual, teniendo en cuenta las características brutales de la lucha y sus consecuencias para la víctima?", se pregunta la defensa.
"La finalidad no es la de condenar al imputado por lo que hizo", señala Tenca, sino forzar "de un modo absurdo una calificación con la única finalidad de aplicar la pena de prisión perpetua".
Mangeri (47), quien se encuentra detenido en el Complejo Penitenciario de Ezeiza, fue condenado por "femicidio, abuso sexual y homicidio agravado criminis causae" a la pena de prisión perpetua, por lo que recién podrá pedir prisión domiciliaria en 2038, cuando cumpla 70 años, y su libertad condicional luego de 35 años en la cárcel, en el año 2048, cuando tenga 80.