Manoseó a su empleada y se defendió diciendo que le faltaba un testículo

Es una historia de acosos en un contexto de relación de poder. El Tribunal de Impugnación ratificó la culpabilidad del patrón de la chica. Valoraron la credibilidad de su testimonio.

El Tribunal de Impugnación de la provincia de Río Negro ratificó la condena de seis meses de prisión condicional y pautas de conducta a un hombre de Fernández Oro culpado por manosear a su empleada doméstica.

El caso revela el martirio que sufrió la chica, de carácter humilde y sumisa, y el acoso que debió soportar en el contexto de una relación de poder ante su necesidad de trabajar para lograr un sustento. También quedaron expuestos los ataques sexuales que antes padeció por parte de su propio hermano, aunque no se abordó en este expediente.

La causa se inició por un hecho ocurrido en enero de 2019 en un criadero de aves de Fernández Oro cuando R.A.B. se le acercó por detrás a R.D.M. –así los identifica el fallo emitido la semana anterior- mientras realizaba tareas laborales y le efectuó “tocamientos inverecundos por debajo de la ropa y del corpiño en la zona del pecho derecho”.

La defensa apeló la sentencia dictada por el juez Julio Sueldo en diciembre del año pasado, y pidió la absolución del acusado al objetar la veracidad del relato de la mujer. Resaltaron que el hecho no existió, y que no se consideró la “falta de libido sexual” de B, quien declaró que le faltaba un testículo y padecía diabetes.

Según la teoría expuesta por el abogado Rubén Antiguala, la chica quería desvincularse laboralmente y cobrar una indemnización, por lo que “denunció un abuso inexistente”.

El acusado dijo incluso que “en cuatro oportunidades lo llamaron de la Fiscalía para arreglar económicamente y fijaron un monto de $ 250000”.

El fiscal Santiago Márquez Gauna sostuvo que las objeciones de la defensa “son simples discrepancias subjetivas” y pidió que se confirme la sentencia.

Al analizar los planteos expuestos, el Tribunal integrado por los jueces María Rita Custet Llambí y los Jueces Carlos Mohamed Mussi y Adrián Fernando Zimmermann, destacó que la defensa no logró rebatir los fundamentos del fallo de primera instancia.

En su dictamen aclararon que “nada aportó” para sostener la ausencia de libido sexual,

Asimismo, descartaron la intención un lucro económico por parte de la joven, y lo basaron en un informe psicológico que reveló su estado se sumisión y que “aleja la idea de una elaboración maliciosa de mentir perjudicando a alguien, teniendo solo en miras una cuestión económica”.

UNA HISTORIA DE ACOSOS

El hecho denunciado fue uno más de una zaga que padeció M. Incluso por el acoso permanente del hombre había recurrido al Juzgado de Paz, desde donde emitieron una prohibición de acercamiento.

La prueba fundamental que valoraron los jueces fue el testimonio de la joven, avalado por una evaluación psicológica. Ese peritaje destacó que su relato fue “coherente y creíble” y que el índice de validez fue “muy alto”.

En su declaración, la mujer resaltó que su patrón incurrió en “actos violentos previos y progresivos”, y si bien no fueron juzgado porque no se incluyeron en la acusación, los magistrados aclararon que “no pueden ser soslayados en el análisis de contexto que impone la perspectiva de género”.

La chica manifestó que tenía necesidad para procurarse el sustento. Contó que al principio de la relación laboral todo estaba bien, pero que a partir de noviembre de 2018 el imputado comenzó a molestarla. “Le requería que le diera un beso a la entrada y uno a la salida porque ella lo saludaba de lejos. Luego comenzó a pedirle que lo abrazara”.

“Me obligaba a abrazarlo”, aseveró, y él quería darle besos -inclusive “picos”- y le decía que “si eran largos mejor”.

Contó que entre los actos que soportaba, el imputado “la rozaba por atrás con su partes íntimas, le agarraba la cadera contra él”. También relató que el imputado le dijo que “conocía cosas que habían pasado en su familia”: sobre la relación con su padre y “lo que pasó con mi hermano mayor”.

“Supo que abusaba de mí por mucho tiempo”, refrió, y le dijo que él tenía “contactos”.

Los jueces del Tribunal resaltaron lo expresado por la víctima y concluyeron que “de su relato historizado y contextualizado, lo testimoniado por la madre de la misma y lo expuesto por Blanes Cáceres (perito psicológico) no se advierten indicios que hagan dudar de la veracidad de sus dichos, por el contrario, los corroboran”.

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