En su presentación judicial, el presidente negó haber agredido al niño activista con autismo y sostuvo que el posteo cuestionado fue realizado desde su cuenta personal, en el marco de un debate público sobre un periodista. Argumentó que se trató de una opinión amparada por la libertad de expresión y que no constituye un acto estatal.
El presidente Javier Milei presentó un escrito ante la Justicia para rechazar el amparo iniciado por la madre de Ian Moche, el niño de 12 años y activista por la concientización sobre el autismo, quien denunció que una publicación en redes sociales vulneró su honor e integridad emocional. La causa se enmarca en la polémica desatada por los dichos del director de la Agencia Nacional de Discapacidad, Diego Spagnuolo, y las posteriores intervenciones públicas del menor.
En el documento, Milei negó “en forma categórica” haber dirigido un agravio contra Moche y afirmó que la publicación cuestionada fue un reposteo desde su cuenta personal de X (ex Twitter) de un mensaje de otro usuario, al que añadió un comentario crítico hacia el periodista Paulino Rodrigues. Según el mandatario, su opinión se limitó a cuestionar el accionar del comunicador y no tuvo como objetivo al niño.
“El tweet fue una opinión crítica sobre la labor de un periodista, protegida por la libertad de expresión, y no un acto estatal”, sostuvo. Milei subrayó que su cuenta personal no es institucional, que el mensaje no contiene ataques al menor y que no se puede restringir el debate político por el hecho de que un activista sea menor de edad.
En la presentación, también afirmó que la acción judicial constituye “un intento de censura previa” y cuestionó que la familia no haya utilizado primero las herramientas que ofrece la plataforma para denunciar contenidos. Además, señaló que, por su exposición mediática, Ian Moche “es una personalidad pública y un activista”, lo que lo coloca dentro del ámbito del interés general y lo hace sujeto a críticas u opiniones en el marco del debate democrático.
Milei pidió al juez el rechazo del amparo, argumentando que no hubo daño real ni vulneración de derechos, que la publicación no fue dirigida al menor y que su opinión forma parte del ejercicio legítimo de la libertad de expresión, garantizada por la Constitución y los tratados internacionales.
