Padres y docentes se negaron a declarar ante la Justicia Federal
Hoy fueron convocados por la Justicia Federal, padres y docentes que participaron de la protesta del año 2013 en Comodoro. Cabe señalar, que se mantiene abierta la causa por entorpecimiento de los servicios públicos al momento de los cortes de ruta que se realizaron en el marco del reclamo. Será el juez Guido Otranto el que resuelva la imputación o el archivo del caso.

En la jornada de hoy, tras la recusación de la juez Eva Parcio, el juez esquelense Guido Otranto lleva adelante la causa por los bloqueos de los servicios públicos tras los cortes de ruta realizados en el marco de la protesta docente del año 2013 que se extendió por más de 70 días. Esta mañana, Otranto convocó a declarar a cuatro padres y la conducción del gremio por aquel entonces representada por Carlos Magno.

Representados por la abogada, Silvia de los Santos, padres y docentes se negaron a declarar. "No prestamos declaración porque consideramos que lo que se intenta es criminalizar la protesta social", explicó Héctor Rocha uno de los padres señalados a El Patagónico.

Ahora, se espera lo que resuelva la justicia en los próximos 10 días, ya que "se determinará si pasamos a quedar imputados, si se dicta falta de mérito o se resuelve el archivo de la causa", indicó Rocha y advirtió que se debe entender que una protesta no puede chocar con otros derechos.

ANTECEDENTES DE OTRANTO

En el año 2014 el juez Guido Otranto, titular del Juzgado Federal de Esquel, tuvo a su cargo una causa de similares características en la que optó por archivarla entendiendo que había "inexistencia de delito".

La causa estaba vinculada a un corte de una ruta durante una protesta gremial, el juez tomó en cuenta que la protesta se realizó de manera pacífica y no se interrumpió completamente el tránsito, ya que se permitió la circulación por caminos alternativos y se liberó la ruta a intervalos cortos, de modo que se trató del ejercicio regular del derecho constitucional de reunión.

El hecho ocurrió en marzo pasado, cuando personal policial de la Comisaría Distrito El Hoyo de la Policía de la Provincia de Chubut dio cuenta de que un grupo de unas 150 personas se encontraban manifestando sobre la Ruta Nacional Nº 40, en el límite con la localidad de El Bolsón, Río Negro.

En la resolución, el magistrado señaló que para que sea delictivo un corte de ruta que no paralice totalmente el tránsito vehicular sino que sólo lo estorbe o entorpezca, debe haber provocado una situación de inseguridad que al menos, debe generar peligro para las personas o bienes individuales.

"El método de protesta de social del caso analizado consistió en un entorpecimiento del tránsito vehicular, dado que se permitió la circulación por un camino alternativo y se realizó de manera transitoria e intermitente liberando la ruta cada diez o quince minutos. Además, fue realizada en forma pacífica ya que no se registraron actos de violencia contra las personas o los vehículos afectados por la manifestación", indicó.

Y agregó que, bajo tales condiciones, "se trató de un hecho que quedó al margen de la tipicidad que caracteriza a la figura del art. 194 del Cód. Penal, de acuerdo con la interpretación realizada, debido a que el entorpecimiento de la circulación del tránsito no ha provocado ninguna situación de peligro para personas o bienes".