El juez Ariel Quiroga dio por concluida este viernes la etapa de debate del juicio oral y público contra los policías Gabriel Segundo Cayupul y Patricia Elizabeth Gajardo. Ambos están acusados de maltratar, insultar, agredir físicamente y detener ilegalmente a una médica veterinaria, quien ese 29 de abril de 2020 –en plena vigencia de las restricciones para circular por la pandemia- llegó hasta la comisaría de Ricardo Rojas.
En el último día de audiencias del debate, Cayupul ofreció su propia versión de lo ocurrido y repasó que encontró a la víctima en la dependencia policial. Dijo que la mujer se encontraba muy exaltada y en aparente estado de ebriedad. Agregó que su actividad consistió en labrar un acta e informar a la Fiscalía Federal de la situación, y negó haber mantenido una discusión con la denunciante. También desconoció haber impartido a su subalterna una orden de detención y requisa para la damnificada.
La mujer policía refirió un relato similar al de su superior respecto de los incidentes ocurridos la noche del miércoles 29 de abril de 2020 en la localidad de Ricardo Rojas.
Reconoció que realizó una anotación en la que figuraba el nombre y apellido de la víctima, junto a la palabra “detenida”.
En los alegatos finales, la funcionaria fiscal Marisol Sandoval sostuvo que, mediante la producción de la prueba testimonial e instrumental, se logró acreditar la teoría del caso presentada por la Fiscalía. Destacó el testimonio de la víctima referida a las características del baño de la comisaría donde fue obligada a desvestirse.
También se refirió a las pericias efectuadas sobre las notas secuestradas, el libro de actas y los dispositivos utilizados por los policías.
Sandoval consideró que existió una situación de privación ilegítima de la libertad porque los funcionarios policiales nunca le informaron a la víctima los motivos de su detención.
Manifestó que el delito de vejaciones se produce al momento en que la agente Gajardo le ordenó a la denunciante que se desvistiera en el baño de la comisaría para constatar que no portaba un arma de fuego o un cuchillo. El abuso de autoridad “se concreta a raíz de la orden emitida por Cayupul, con el único propósito de afectar la dignidad de la mujer detenida”, señaló.
El abogado querellante, Gustavo Oyarzun, compartió las consideraciones fiscales sobre los pormenores de la prueba rendida en el debate. Propuso que para la interpretación de la prueba se deben contextualizar los hechos de violencia institucional. El testimonio de la víctima “fue claro, sostenido en el tiempo y corroborado mediante la prueba independiente”. Agregó que “la credibilidad y acreditación de la verdad no dejaron lugar a ninguna duda razonable”.
El abogado defensor Carlos Cerbino, en cambio, subrayó que el libro de guardia de la dependencia policial es un instrumento público y allí se registró todo lo ocurrido en esa jornada. Manifestó que no figuraba ninguna novedad sobre la denunciante y consideró que es imposible que su defendida le haya ordenado a la víctima que se desnudara por la situación de incomodidad que le generaría a una mujer impartirle esa exigencia a otra mujer.
Afirmó que hay una duda muy razonable respecto de cómo ocurrieron los hechos en la comisaría de Ricardo Rojas, y peticionó la absolución de los acusados por aplicación del beneficio de la duda razonable.
