El Gobierno pondrá punto final a la Ley de Alquileres. Al menos, es la determinación que por estas horas circula en los pasillos de las oficinas tanto del presidente Alberto Fernández como del ministro de Economía, Sergio Massa.
Se tratará así de ver cómo lograr un proyecto superador a esta ley, que generó un perjuicio (y fastidio) tanto a propietarios como inquilinos en todo el país. A pesar de varios intentos de cambios y reformulación de la actual ley 27.551, el dato es contundente: desde su puesta en vigencia del 1° de julio de 2020, el aumento de los alquileres alcanzó en casi tres años, aumentos del 245%.
La inflación galopante, las paritarias que no superan la pauta de aumentos y el casi nulo acceso al crédito hipotecario, fueron las variables que potenciaron aún más el explosivo panorama de los propietarios e inquilinos, a la hora de definir los valores de los alquileres en un contrato.
En el cónclave, del que trascendieron escasos detalles, sí se acordó dar de baja la controvertida ley de alquileres, que fija nuevas reglas como tres años de contrato y ajuste por inflación y variación salarial, en un contexto inflacionario que generó por igual quejas de inquilinos y propietarios.
¿Qué pasará con los contratos vigentes? Según indicó Mariano García Malbrán, presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI), en la suspensión debería detallarse el procedimiento a seguir en los contratos vigentes con la nueva ley y los que se firmen de aquí en adelante con la ley ya suspendida.
El presidente de Keymex Argentina, abogado, escribano y corredor inmobiliario, explicó a Ámbito que una de las posibilidades será que en los "contratos vigentes se sigue aplicando la ley actual recientemente suspendida, ya que las cláusulas del contrato de locación fueron negociadas y consensuadas con dicha ley".
En tanto, García Malbrán estimó que en relación a los contratos que se firmen de aquí en adelante, "mientras no se dicte una nueva norma, se rijan por la antigua ley de alquileres. En este supuesto se podrá fijar un mínimo plazo contractual de dos años y la actualización podrá ser negociada libremente por las partes".
