Rechazan salidas transitorias al violador de Kilómetro 12
Durante la audiencia judicial el defensor del condenado Osvaldo González solicitó su incorporación al régimen de salidas transitorias, y la Fiscalía se opuso. La juez Daniela Arcuri sostuvo que debe someterse a un tratamiento psicológico para evitar conductas antisociales. Mientras, el forense estableció que el reo "tiende a cosificar a los demás".
En los tribunales penales de Comodoro Rivadavia se celebró ayer una audiencia relacionada con Osvaldo González, condenado en octubre de 2012 mediante un juicio abreviado a la pena de 7 años de prisión por la violación y robo a una adolescente ocurrido en un descampado de Kilómetro 12.
El ataque sexual se registro el 15 de setiembre de 2011, poco después de las 23, cuando la víctima se dirigía desde el colegio al que asistía en el barrio Ciudadela a su casa del barrio Malvinas Argentinas.
El depravado la interceptó luego de que la estudiante pasara por el puesto policial Esmir Avilés y la ermita de la Virgen que está en esa zona.
Allí el delincuente que llevaba puesta una capucha la tomó desde atrás, le tapó la boca y la golpeó para luego aprovecharse sexualmente de la víctima.
El acto ayer estuvo presidido por la juez de ejecución penal, Daniela Arcuri. En el inicio el profesional de la Defensa Pública, Ivo Di Taranto, solicitó la incorporación de su pupilo al régimen de salidas transitorias con el objetivo de mejorar sus lazos sociales. Expuso que se realizó un informe social en el inmueble donde cumpliría la medida.
El defensor agregó que González efectuó un tratamiento psicológico el cual fue suspendido por discontinuidad del psicólogo de la alcaldía. Su madre sería garante y comprende la incorporación del condenado al período de prueba.
Aclaró que es necesario un abordaje psicológico por la vulnerabilidad social demostrada por su defendido en la entrevista, y que el jefe de la alcaldía ha emitido un informe favorable respecto a González en concepto y conducta.
En contraposición, la funcionaria fiscal de Fiscalía Stella Maris Prada rechazó el planteamiento debido a que no se encuentran reunidos los requisitos. Si bien se encuentran dados los requisitos temporales y de conducta, el informe psicológico indica falta de tratamiento, argumentó.
Así, Prada consideró que no están dadas las condiciones para las salidas transitorias ya que el imputado no ha comprendido la situación del delito cometido.
En su resolución, la magistrada resolvió rechazar el pedido de la defensa de salidas transitorias debido a que falta la notificación a la víctima y el Cuerpo Médico Forense recomendó un tratamiento psicológico para González para evitar nuevas conductas antisociales.
En tanto, la médica forense estableció en su informe que el condenado expone una "sobrevaloración en su personalidad y que tiende a cosificar a los demás", por lo que considera a las personas como cosas que puede manejar.