Tras el juicio que la semana pasada se desarrolló en la Oficina Judicial de Sarmiento, el juez penal de esa circunscripción judicial, Alejandro Rosales, resolvió declarar autor penalmente responsable del delito de robo agravado a Leonel Nehiual (19). Ello, por el caso ocurrido en febrero de este año, cuando junto a Leonardo Acosta (21) y un menor de edad, robaron electrodomésticos en un camión que esperaba descargar en la firma Torca.
Ayer se supo además que la Defensa Pública que asiste a los consortes de Nehiual propuso un criterio de oportunidad y el mes que viene se analizará si finalmente ambos están en condiciones de ser beneficiados con una suspensión de juicio a prueba.
La lectura de sentencia se llevó a cabo ayer en la Oficina Judicial de Sarmiento. Allí el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Herminio Gonzales Meneses, mientras que los imputados recibieron el asesoramiento del defensor público Miguel Moyano.
En la oportunidad, el juez recordó que la Fiscalía sostuvo que con la prueba incorporada durante el debate resulta suficientemente contundente para tener acreditado el robo y la calificación legal escogida.
Se debe tener presente que Nehiual y Acosta fueron acusados como presuntos autores del delito de robo agravado por ser cometido en poblado y en banda, con la intervención de un menor de edad. Por ello, el acusador solicitó que al adolecente se lo declare autor penalmente responsable del delito y se le aplique la pena de cinco años de prisión.
Mientras, la defensa cuestionó la calificación jurídica propuesta por la Fiscalía y consideró que se encontraban ante una causa de robo en grado de tentativa. En ese sentido, agregaron que no existía ningún elemento que permita señalar que los mayores de edad se valieron del menor para cometer el robo.
En ese contexto, el juez tuvo por probado la existencia de los hechos como así también la participación del imputado.
Con respecto a los agravantes de la pena, Gonzales Meneses indicó que según el informe del Registro Nacional de Reincidencia, Nehiual tenía una suspensión de juicio a prueba que fue incumplida.
Asimismo, la Fiscalía consideró como atenuantes la edad del acusado y su bajo nivel de educación formal.
El defensor Moyano, en tanto, sostuvo que no se puede ponderar como agravante una suspensión de juicio a prueba, porque existe una sanción específica en caso de incumplimiento. También ponderó favorablemente la ausencia de antecedentes penales computables del joven.
Finalmente, luego de escuchar a las partes, el magistrado resolvió condenar a Maximiliano Nehiual a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, disponiendo el mantenimiento de la prisión preventiva hasta que se dicte la sentencia definitiva.
EL ROBO
Los casos investigados se registraron el 14 de febrero a las 5:20 y la policía tomó conocimiento a partir de un llamado telefónico que alertaba sobre tres jóvenes que sustraían electrodomésticos de la caja de un camión de mercaderías, el cual estaba estacionado sobre avenida Ingeniero Coronel y España.
La policía llegó en dos móviles al lugar y lograron detener a los tres sospechosos. Una parte de la mercadería robada la habían escondido en un galpón abandonado, ubicado sobre la calle España y Patagonia.
En ese sentido, los acusadores sostienen que los detenidos habrían sustraído: dos cajas de parlantes con estéreos, dos cajas de televisores LED de 32 pulgadas, dos cajas de elementos musicales para karaoke, una caja con una aspiradora, dos cajas con planchas. Asimismo, indicaron que no fueron halladas dos planchas.