Sobreseyeron a 7 hombres y una mujer de Km 8

Siete hombres y una mujer, todos vecinos de Km 8 y Standart Norte, fueron absueltos porque la Fiscalía no pudo probar que la tenencia de marihuana haya sido con fines de comercialización. En los allanamientos solo hallaron algunos porros y plantas de marihuana. 

El Tribunal Oral Federal (TOF) absolvió a las ocho personas que habían sido procesadas en 2020 por una causa de drogas. Según la Fiscalía General, “por razones de economía y celeridad procesal, y evitar un dispendio jurisdiccional”, correspondía el sobreseimiento de F.A.C., D. S.M., G.J.G., F.A.R., J.L., G.C., J.A.G. y L.M.E. El defensor público oficial coincidió con la promoción del sobreseimiento y solicitó la devolución de los efectos que habían sido secuestrados.

Los ocho procesados fueron llevados a juicio por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la intervención de tres o más personas de manera organizada”. El hecho que habría sido cometido entre el 26 de diciembre de 2019 y el 26 de julio de 2020, tiempo en el que se desarrolló la investigación.

Pero tras los allanamientos solo se secuestraron en una vivienda una pequeña planta de marihuana, dos porros, semillas y dos brotes de la misma especie; mientras que en la vivienda de J.L. -donde temporalmente convivio con su hijo y la pareja de este- se hallaron dos balanzas digitales, tres plantas de marihuana, 14 brotes de esta última y semillas, y 4,2 gramos de marihuana.

En el domicilio de G.G., F.R., J.G. y L. E., solo los dos últimos tenían 0,4 gramos de marihuana, mientras que a F.C y D.M. nada les hallaron.

MUCHA VIGILANCIA, POCOS RESULTADOS

Según surgió de la instrucción de la causa, fueron vigilados los movimientos de las ocho personas en sus domicilios y quiénes los visitaban, presumiendo que allí existían acciones vinculadas con la venta al menudeo de sustancias prohibidas. Nada de eso se pudo probar, por lo que ahora la Fiscalía pidió su sobreseimiento.

Según el juez Mario Reynaldi –uno de los integrantes del Tribunal-, hubo “inexistencia de delito por el que fueran requeridos de juicio criminal”, mientras que de las intervenciones telefónicas dispuestas sobre los procesados “no se advierten comunicaciones relacionadas al comercio de tóxicos, sino más bien interactuando para procurarse los mismos, o intercambiando inquietudes respecto de drogas que otros tendrían”.

“Ante la ausencia de ingredientes de convicción aptos para poner en entredicho sus conductas individuales, vulnerando bienes jurídicos que tutela la ley penal, hoy en nada el proceso se sostiene para generarles algún reproche legal”, aseveró el miembro del TOF. Por esa razón solo se llevará a cabo un juicio abreviado contra uno de los procesados de la causa y es porque ya contaba con antecedentes por drogas.

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