Trelew: declararon inimputable al adolescente que mató a Civitarreale
El menor de edad L.L.M. finalmente fue declarado inimputable tras conocerse su autoría en el homicidio de Denis Fabián Civitarreale, ocurrido el 7 de diciembre de 2014 en Trelew. En la actualidad ya es punible y se encuentra internado bajo un tratamiento involuntario por problemas de adicciones y recientemente estuvo internado por haber recibido una herida de bala.
La audiencia se llevó a cabo en la Oficina Judicial de Trelew y en representación de la Fiscalía actuó la fiscal general Silvia Pereira. Del acto también participó el asesor de Menores, Pablo Rey, quien pidió la suspensión de la audiencia en virtud de que el imputado fue herido con arma de fuego y en la actualidad se encuentra internado. Además, informó que una vez dado de alta será sometido a un tratamiento para sus adicciones en una institución de Monte Grande.
El asesor resaltó que hubo una audiencia donde la Fiscalía imputó al menor como autor del hecho, pero tiene ciertos resguardos respecto del tema, considerando que no se puede resolver la cuestión sin su presencia y sin la posibilidad de ser escuchado. De allí el pedido de suspensión.
En tanto la defensa, representada por Lisandro Benítez, afirmó que al momento del suceso L.L.M. tenía 15 años, por lo que entiende como correcto que intervenga la Asesoría para implementar un tratamiento al observarse los permanentes contactos con la ley penal y estimó que no hacía falta la presencia del menor para solicitar el sobreseimiento debido a su condición, debiéndose seguir de cerca la evaluación.
SE DECLARO INIMPUTABLE
La fiscal general Silvia Pereira adhirió a los dichos de la defensa porque lo manifestado por la Asesoría se reflejó en una audiencia celebrada en agosto del año pasado, donde estuvo el menor sindicado como autor y tuvo derecho a ser oído. Por parte de la Fiscalía se cumplió con lo ordenado por el juez en octubre pasado y el joven fue reconocido en rueda en un cien por ciento, cumpliéndose con los elementos del artículo 405 del Código Procesal Penal, pidiendo que se lo declare autor y se dicte el sobreseimiento por inimputabilidad, derivándose el caso a la asesoría para el futuro tratamiento.
Aclaró la fiscal que nunca se realizó la apertura de acuerdo a lo establecido por la Ley 22278, pero esto no quita tener el conocimiento de la verdad de lo sucedido y surge a todas luces que L.L.M. fue autor del hecho. Indicó que pocas veces vio un informe de conducta tan negativo desde el área de salud mental del hospital zonal de Trelew, habiendo tomado intervención los organismos correspondientes y ya no queda nada que hacer desde esta jurisdicción.
Ante todo esto, el juez Marcelo Nieto Di Biase estableció la posible participación del menor en el hecho y que continúe la intervención de los organismos correspondientes, por lo que el Ministerio Público Fiscal dispuso el archivo del presente caso, de acuerdo a las mandas del artículo 271 del Código Procesal Penal, por no poder proceder en sede penal con dicho caso, en atención a que el joven contaba con 15 años al momento del hecho, remitiéndose actuaciones a la Asesoría de Menores a fin de dar cumplimiento a lo resuelto por el juez.
EL CRIMEN
De acuerdo a la investigación se pudo establecer que en el 7 de diciembre de 2014, en horario comprendido entre las 5:15 y 5:30, circunstancia en la que el joven Civitarreale caminaba junto a un grupo de amigos por 25 de Mayo y Rivadavia, siendo interceptados por un grupo de al menos 15 personas, entre las cuales se encontraba el menor aludido.
Allí comenzaron a increpar en forma violenta a la víctima y a sus compañeros, iniciándose una agresión con golpes de puño y patadas, golpeando con una botella en la cabeza a uno de los integrantes del grupo.
Ante esto, Civitarreale y sus acompañantes corrieron por la Plaza Independencia, donde nuevamente fueron alcanzados en Mitre y San Martín, momento en el que el menor que portaba un arma blanca, acercándose por detrás, le infirió una estocada en la región torácica, escapando de manera inmediata, siendo el herido socorrido por sus amigos que lo trasladaron al Hospital, donde se produjo la muerte por shock hipovolémico minutos más tarde.
TRATAMIENTO
INVOLUNTARIO
El asesor Pablo Rey informó que el menor no se presentó debido a que sufrió un impacto con arma de fuego por el que permaneció internado en primer lugar en el Hospital Zonal de Trelew y actualmente en otra institución médica. Más allá de esa lesión, los informes correspondientes y el tratamiento llevado adelante autorizan la internación para llevar adelante una rehabilitación de droga dependencia en modalidad residencial.
Conforme al informe, dicha internación será en Casa del Sur, situada en la localidad de Monte Grande, provincia de Buenos Aires. Mientras tanto, y hasta que se produzca el traslado a esa institución, se encuentra en recuperación de sus heridas, internado con custodia policial, tratándose de un hecho involuntario.
El asesor resaltó que hubo una audiencia donde la Fiscalía imputó al menor como autor del hecho, pero tiene ciertos resguardos respecto del tema, considerando que no se puede resolver la cuestión sin su presencia y sin la posibilidad de ser escuchado. De allí el pedido de suspensión.
En tanto la defensa, representada por Lisandro Benítez, afirmó que al momento del suceso L.L.M. tenía 15 años, por lo que entiende como correcto que intervenga la Asesoría para implementar un tratamiento al observarse los permanentes contactos con la ley penal y estimó que no hacía falta la presencia del menor para solicitar el sobreseimiento debido a su condición, debiéndose seguir de cerca la evaluación.
SE DECLARO INIMPUTABLE
La fiscal general Silvia Pereira adhirió a los dichos de la defensa porque lo manifestado por la Asesoría se reflejó en una audiencia celebrada en agosto del año pasado, donde estuvo el menor sindicado como autor y tuvo derecho a ser oído. Por parte de la Fiscalía se cumplió con lo ordenado por el juez en octubre pasado y el joven fue reconocido en rueda en un cien por ciento, cumpliéndose con los elementos del artículo 405 del Código Procesal Penal, pidiendo que se lo declare autor y se dicte el sobreseimiento por inimputabilidad, derivándose el caso a la asesoría para el futuro tratamiento.
Aclaró la fiscal que nunca se realizó la apertura de acuerdo a lo establecido por la Ley 22278, pero esto no quita tener el conocimiento de la verdad de lo sucedido y surge a todas luces que L.L.M. fue autor del hecho. Indicó que pocas veces vio un informe de conducta tan negativo desde el área de salud mental del hospital zonal de Trelew, habiendo tomado intervención los organismos correspondientes y ya no queda nada que hacer desde esta jurisdicción.
Ante todo esto, el juez Marcelo Nieto Di Biase estableció la posible participación del menor en el hecho y que continúe la intervención de los organismos correspondientes, por lo que el Ministerio Público Fiscal dispuso el archivo del presente caso, de acuerdo a las mandas del artículo 271 del Código Procesal Penal, por no poder proceder en sede penal con dicho caso, en atención a que el joven contaba con 15 años al momento del hecho, remitiéndose actuaciones a la Asesoría de Menores a fin de dar cumplimiento a lo resuelto por el juez.
EL CRIMEN
De acuerdo a la investigación se pudo establecer que en el 7 de diciembre de 2014, en horario comprendido entre las 5:15 y 5:30, circunstancia en la que el joven Civitarreale caminaba junto a un grupo de amigos por 25 de Mayo y Rivadavia, siendo interceptados por un grupo de al menos 15 personas, entre las cuales se encontraba el menor aludido.
Allí comenzaron a increpar en forma violenta a la víctima y a sus compañeros, iniciándose una agresión con golpes de puño y patadas, golpeando con una botella en la cabeza a uno de los integrantes del grupo.
Ante esto, Civitarreale y sus acompañantes corrieron por la Plaza Independencia, donde nuevamente fueron alcanzados en Mitre y San Martín, momento en el que el menor que portaba un arma blanca, acercándose por detrás, le infirió una estocada en la región torácica, escapando de manera inmediata, siendo el herido socorrido por sus amigos que lo trasladaron al Hospital, donde se produjo la muerte por shock hipovolémico minutos más tarde.
TRATAMIENTO
INVOLUNTARIO
El asesor Pablo Rey informó que el menor no se presentó debido a que sufrió un impacto con arma de fuego por el que permaneció internado en primer lugar en el Hospital Zonal de Trelew y actualmente en otra institución médica. Más allá de esa lesión, los informes correspondientes y el tratamiento llevado adelante autorizan la internación para llevar adelante una rehabilitación de droga dependencia en modalidad residencial.
Conforme al informe, dicha internación será en Casa del Sur, situada en la localidad de Monte Grande, provincia de Buenos Aires. Mientras tanto, y hasta que se produzca el traslado a esa institución, se encuentra en recuperación de sus heridas, internado con custodia policial, tratándose de un hecho involuntario.
