Un nuevo juez deberá analizar el pedido de probation para tres acusados de la causa IPV
La Cámara Penal anuló el fallo que le negó la suspensión de juicio a prueba a Claudia Alejandra Leonori , Vanesa Cónsoli Medina y Raquel Antimilla, imputadas y acusadas en la causa que investigó la entrega irregular de viviendas del IPV durante la gestión de Abel Reyna, quien planea arribar a un juicio abreviado. La carpeta fue reenviada a la Oficina Judicial y ahora un nuevo juez deberá analizar otra vez la petición.

La parte resolutiva de la sentencia la dio a conocer ayer el juez de Cámara, Daniel Pintos, quien además informó que los fundamentos íntegros del fallo estarán a disposición de las partes el 27 de este mes a las 12:30.

Tal como informó El Patagónico oportunamente, el 27 de setiembre se llevó a cabo la audiencia preliminar por la causa IPV, en la cual se investigó la entrega irregular de viviendas y la Fiscalía de Comodoro Rivadavia acusó al ex delegado local del organismo, Abel Reyna y a otros 7 empleados que trabajaban bajo su órbita.

Esa audiencia fue presidida por la juez natural de la causa, Mariel Suárez, mientras que por la parte acusadora asistieron la fiscal general, Camila Banfi, y la representante de la querella, María Laura Martensen.

LOS PROTAGONISTAS

Los imputados Abel Reyna y Claudia Leonori fueron asistidos por el abogado particular Guillermo Iglesias; Darío Acosta recibió el asesoramiento técnico de Francisco Miguel Romero, mientras que los defensores públicos Esteban Mantecón y Lilián Bórquez asistieron a Vanesa Cónsoli Medina, Raquel Antimilla, Alejo Recalde, Ana Adelina Caro y Fabiana Onieva.

En esa ocasión, se manifestó la intención de Reyna de negociar un juicio abreviado y se inició ese proceso, teniéndose en cuenta que la Fiscalía fijó una pretensión punitiva de 4 años de prisión para él e inhabilitación perpetua para ejercer la función pública.

Hay que saber que Reyna fue acusado por los delitos de cohecho, 2 hechos, tráfico de influencia, incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica. Todo ello en carácter de autor.

En tanto para Leonori se pidió que se aplique la suspensión del juicio a prueba, entendiendo que se reúnen los requisitos para que pueda acceder a ello. En este caso, la imputada fue acusada como partícipe de los delitos que le fueron atribuidos a Reyna, pero con la negativa de la Fiscalía de arribar a ese resultado, la juez rechazó la suspensión de juicio a prueba y fue por ese motivo que la defensa impugnó la decisión ante la Cámara Penal, cuyo fallo se conoció ayer.

Por otro lado, los defensores públicos Mantecón y Bórquez solicitaron la suspensión de juicio a prueba para Cónsoli Medina, Antimilla, Recalde, Caro y Onieva. Ello por el término de un año y con el ofrecimiento del 5 por ciento de sus salarios en calidad de reparación.

La Fiscalía también rechazó la posibilidad de suspender el proceso a prueba para Cónsoli Medina y Antimilla porque hasta el momento no devolvieron las viviendas y la juez resolvió rechazar el pedido de los defensores, por lo que también ellos recurrieron ante la Cámara que ayer resolvió anular ese fallo y reenvió la carpeta para que un nuevo juez trate, únicamente, el pedido de suspensión de juicio a prueba de las tres acusadas mencionadas.

ENTREGAS POCO CLARAS

Se debe tener presente que la causa del IPV está relacionada con las irregularidades en la entrega de viviendas que se habrían producido entre diciembre de 2011 y octubre de 2014 y que la investigación surgió a partir de la denuncia radicada por el entonces director provincial del organismo, Ricardo Trovant, quien fue presentado entre los 76 testigos que tiene la fiscalía para el juicio.

En la acusación que oportunamente presentó la titular de la acción penal, se describieron las distintas modalidades de pago, en las que se incluyeron hasta favores sexuales para obtener una casa en el plan de las 81 viviendas de Ciudadela. En tanto, también se calificaron los delitos de cohecho activo y pasivo, además del tráfico de influencias e incumplimiento de los deberes de funcionario público.