La fiscalía sostiene que la imputada dejó solo al niño de tres años dentro de un departamento cerrado con llave, donde luego se desató un incendio que terminó con la vida del menor.
Este viernes por la mañana comenzó la audiencia preliminar en el marco de una causa por “abandono de persona incapaz seguido de muerte, agravado por el vínculo”, que tiene como imputada a A. F. P., madre de un niño de tres años fallecido durante un incendio ocurrido en julio de 2024 en una vivienda de la calle Chacabuco al 500, entre Rawson y Dorrego.
Durante la audiencia, la fiscal Andrea Rubio expuso los lineamientos de la acusación pública y detalló la prueba que será presentada en un eventual juicio oral. En tanto, el defensor particular Mauro Fonteñez no cuestionó la gravedad del hecho, aunque solicitó una calificación legal alternativa para su asistida, proponiendo que el caso sea considerado como “homicidio culposo”.
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 26 de julio de 2024, alrededor de las 3:11 de la madrugada, cuando la imputada habría dejado solo a su hijo dentro del departamento y cerrado la puerta con llave. La fiscal sostuvo que, mientras el menor permanecía sobre un sillón, se inició un foco ígneo en el inmueble.
Vecinos del lugar advirtieron la presencia de humo e intentaron ingresar al departamento, aunque no lograron hacerlo de inmediato debido a que la puerta estaba cerrada. Cuando finalmente pudieron entrar, el niño ya había fallecido.
La representante del Ministerio Público Fiscal calificó provisoriamente el hecho como “abandono de persona incapaz seguido de muerte, agravado por el vínculo”, previsto en los artículos 106 y 107 del Código Penal. Asimismo, indicó que, por la expectativa de pena, el juicio debería realizarse ante un tribunal de jurados populares.
“La imputada asumió el riesgo de dejar solo al menor”, argumentó Rubio durante su exposición.
Por su parte, el defensor Fonteñez remarcó que el hecho “debe estar descripto de manera precisa para garantizar el derecho de defensa” y enfatizó el “contexto de extrema vulnerabilidad emocional” de la acusada. Además, sostuvo que la mujer “actuó bajo la equivocada confianza de que el niño se dormiría”, por lo que solicitó que la conducta sea encuadrada como homicidio culposo.
Finalmente, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió dictar un cuarto intermedio para que la fiscalía rectifique parcialmente la descripción del hecho antes de continuar con la audiencia preliminar.
