La madre y su pareja seguirán presos por el crimen de Angel

Tras escuchar los argumentos de Fiscalía, el juez Alejandro Soñis decidió que los principales sospechosos del crimen del niño permanezcan en prisión durante los próximos 6 meses.

En medio de insultos y gritos de “asesinos”, se retiraron de la sala de audiencias Mariela Altamirano y Maicol González, imputados por el crimen de Angel Nicolás López (4), hijo de la mujer, quien lo tenía en guarda cuando ocurrió la tragedia, el pasado 5 de abril.

El Ministerio Público Fiscal (MPF), representado por Cristian Olazabal y Facundo Oribones, consideró que existían suficientes elementos probatorios para llevar a juicio a la pareja, pidiendo además que preventivamente continúen en prisión dado que existe peligro de fuga por no tener arraigo en la ciudad: ella es nativa de Misiones y él de Tierra del Fuego. Además, la hija en común que tienen ya no está en Chubut. Por otra parte, tampoco ambos tienen trabajos fijos.

Los defensores de ambos, Vanesa Vera y Alejandro Varas, solicitaron su libertad, con medidas restrictivas como presentarse dos veces por semana ante la Oficina Judicial y prohibición de salir de Comodoro Rivadavia.

Sin embargo, el juez Alejandro Soñis consideró que estaban dadas las pruebas para acceder a la petición de Fiscalía y consideró conveniente que tanto Altamirano, como González, permanezcan tras las rejas.

Entre otros fundamentos, el juez resaltó el sospechoso hecho de que la madre no hubiera actuado en forma inmediata cuando el nene dejó de respirar, optando por hacerle maniobras de RCP cuando lo “lógico” hubiera sido tomarlo en brazos y salir a la calle a solicitar auxilio.

LOS FUNDAMENTOS

“Con relación a los elementos que han sido recolectados y puestos a consideración, tanto respecto de González como de Altamirano, entiendo que los hechos que aquí se han traído han sido transmitidos con sustento en evidencias que el Ministerio Público Fiscal ha expuesto”, señaló el magistrado.

“La defensa sostiene que no se cumplen los requisitos mínimos para la formalización, pero coincido con el Ministerio Público Fiscal en que, a partir de los elementos reunidos —entre ellos entrevistas y otras evidencias—, se encuentra acreditada, al menos en esta etapa, la existencia de un maltrato previo hacia el niño por parte de quienes estaban a su cuidado”, añadió Soñis.

“A ello se suma un elemento científico relevante, como es la autopsia, cuyos resultados han sido presentados por la Fiscalía”, remarcó en su fallo.

“La defensa ha planteado la posibilidad de otras causas para las lesiones, pero lo cierto es que la Fiscalía ha sido clara en sostener que no se trata de lesiones accidentales, sino compatibles con hechos de violencia. Y quienes estaban a cargo del cuidado del niño en ese momento eran González y Altamirano”, destacó.

“En cuanto a la discusión sobre el tiempo en que se produjeron las lesiones, si bien hay críticas al respecto, la experiencia indica que este tipo de cuadros no se generan en largos períodos, sino que pueden desarrollarse en lapsos más breves, como los 7 o 10 días que plantea el Ministerio Público Fiscal, en los cuales se habría deteriorado la salud del niño hasta el desenlace fatal”, concluyó.

“Respecto de la intencionalidad, aun cuando la defensa cuestiona la existencia de un dolo directo, podría encuadrarse en un dolo eventual. Golpes o lesiones provocadas a un niño de 4 años por un adulto, con evidente diferencia de contextura física y fuerza, permiten representarse que ese accionar puede derivar en consecuencias graves o incluso fatales”, sostuvo Soñis.

“También se analiza la situación de la madre en cuanto a su conocimiento o no de lo ocurrido. No se trata de atribuirle una participación directa en el resultado final, sino de considerar su posible omisión frente a un maltrato que, según lo expuesto, se habría sostenido en el tiempo. Es decir, no habría intervenido para interrumpir esa situación ni habría brindado el auxilio necesario”, remarcó.