Los jueces de segunda instancia María Fernanda Zanatta, y Ricardo Rubén Enrique Hayes hicieron lugar al amparo impuesto por la abogada Nélida León y ordenó Tecpetrol a realizar todas las medidas de mitigación, corrección y compensación de los impactos ambientales generados en la zona donde se encuentra ubicada la propiedad de Graciela Haydée León y por Hugo Osvaldo León.
Según el fallo al que accedió El Patagónico, la compañía del Grupo Techint realizó modificaciones en el suelo, hidrología y geomorfología lo que provocó diversos problemas en la zona durante los temporales de lluvias de 2011, 2013 y 2017.
La medida sienta un precedente en la región y obliga a que la compañía petrolera presente ante el Ministerio de Ambiente un plan integral de prevención y mitigación, corrección y compensación de los impactos ambientales generados donde se encuentra la chacra y que alcanza la hidrología, morfología y diversidad de la zona. Tecpetrol apeló el fallo y, ahora, el Superior Tribunal de Justicia decidirá si deja firme la sentencia.
LA HISTORIA
El Tordillo es una zona dominada por la presencia de cañadones con drenajes hacia el golfo San Jorge con mesetas altas que corresponden a Pampa del Castillo. Esas tierras eran propiedad de YPF y allí funcionó el campamento El Tordillo en los inicios de la empresa estatal. Cuando YPF empezó a explotar este yacimiento, advirtió de que estos cañadones tenían muy buenas tierras para la producción agropecuaria y la provisión de productos frescos.
La empresa estatal decidió entregar a concesión esos terrenos a diferentes familias para que pudieran trabajar en sus tierras. El arreglo se basaba en que toda esa producción debía ser vendida a YPF para que pudiera ser ofrecida en la proveeduría de la región.
Sin embargo, la privatización de YPF en los 90 y el traspaso del dominio de la explotación petrolera a las provincias, cambió el panorama. YPF decidió venderles esas propiedades a los concesionarios y estas tierras pasaron a ser propiedad privada. En tanto, el Gobierno provincial llamó a una licitación por la zona y la UTE conformada por YPF y otras empresas entre las que se encontraba Tecpetrol resultó adjudicada del yacimiento.
La empresa del Grupo Techint quedó a cargo del yacimiento y en 2011, según la denuncia de los demandantes, comenzaron los primeros problemas. De acuerdo con el fallo, las consecuencias del temporal de ese año se atribuyeron a que había una locación construida a la espalda de la chacra, que esta sobre un cañadón. Con esa lluvia se produjo un alud de barro que terminó sobre la chacra. La situación se repitió en 2013.
La situación generó un reclamo judicial y los damnificados obtuvieron una reparación económica. La medida permitió que se pueda sacar todo el material que había caído, pero afectó a plantaciones que no se pudieron recuperar.
Los años pasaron y las chacras se convirtieron en un espacio recreativo, pero en 2017 se generó una nueva complicación. La tormenta de fines de marzo y comienzos de abril produjo un alud de mayor intensidad.
En ese momento se decidió consultar a tres especialistas de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB): los geólogos Alejandro Montes y Mariela Ocampo y al consultor ambiental Javier Tolosano. El objetivo era conocer cuánto de los daños era atribuible a la tormenta y cuánto era atribuible por la intervención petrolera.
El fallo establece que el estudio técnico-científico advierte que, producto de la explotación petrolera, hay una alteración en el régimen hídrico de la micro cuenta en su biodiversidad y en su morfología. Es decir, que se produjeron intervenciones en el terreno.
“Se pierde la vegetación nativa que es la que contiene la lluvia. En esa intervención, el agua va a caer, en el caso de mis clientes, en su establecimiento. Reciben un todo un alud de barro, arcilla y material de sedimentos. Hoy por hoy la parte de árboles está perdida”, describió la abogada Nélida León.
“Más allá del juicio de daños y perjuicios que uno puede hacer, sino se recupera el medioambiente es un proceso que se repite cada vez que haya un temporal. Los profesionales dicen que no está afectada la chacra, sino que se produce en toda la cuenca de El Tordillo”, aseveró la letrada en diálogo con La Cien Punto Uno.
“Lo que se propuso fue un amparo ambiental. A través de una acción preventiva, es que se ordene aquellas medidas de prevención, mitigación corrección y compensación de los impactos generales ambientales para evitar su agravamiento, evitar que se produzcan nuevos daños ante tormentas y empezar a recomponer el medioambiente no como un patrimonio individual sino como un patrimonio de la humanidad y de la zona”, subrayó.
EL SUPERIOR DECIDE
La abogada también manifestó que la empresa dice realizar tareas de revegetación. “El tema pasa por prevenir, y recomposición y composición de los impactos que es mucho más extenso que ellos estaban buscando en ese momento. Ellos dicen que, después de varios años, están revegetando, pero esa revegetación es insipiente”, aseguró.
“En primera instancia se los condenó a realizar las tareas y fue apelado, y en segunda instancia, la condena fue similar. Porque se los condenó a presentar ante el Ministerio de Ambiente un plan integral de prevención y mitigación, corrección y compensación de los impactos ambientales generados en la zona donde se encuentra la chacra y que alcanza la hidrología, la morfología y diversidad”, argumentó.
La sentencia está recurrida por la empresa ante el Superior Tribunal de Justicia y allí se decidirá si queda efectivo el fallo. “Hay dos instancias y han concluido lo mismo: que la actividad petrolera y la infraestructura han afectado al sistema hídrico de la cuenca y la biodiversidad de la flora por lo que condena a la empresa a realizar todas las actividades de reparación. El punto que convoca a este amparo es el efecto en el medioambiente. Las chacras deben tener 60 años y solamente empezaron a tener consecuencias de los aludes en el 2011”, afirmó la abogada.
