La resolución se conoció ayer durante la audiencia que se llevó a cabo en la Oficina Judicial de Sarmiento bajo la presidencia del juez penal Daniel Pérez. Allí, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el funcionario Julio Herrera, mientras que la defensa de Daniel Ricardo Silva (49) fue ejercida por el abogado adjunto Gustavo Oyarzún.
En la oportunidad, el magistrado indicó que daría lectura a su resolución en función del juicio oral y público suspendido el pasado 6 de julio. En aquella oportunidad, la defensa solicitó la aplicación de una suspensión de juicio a prueba por el plazo de dos años. Asimismo, el pedido establecía que el imputado debería fijar domicilio, someterse al control del patronato de liberados cada cuatro meses y no vincularse con la víctima. También ofrecía una reparación económica de 2.000 pesos.
En esa audiencia suspendida, la fiscal Laura Castagno se opuso al pedido del defensor público. La acusadora sostuvo que se trataba de dos casos de violencia de género. En este sentido, agregó que con las pruebas que cuenta y en caso de que el tribual entienda que corresponde aplicar condena, la misma será de de cumplimiento efectivo.
Castagno destacó que durante los últimos cuatro años la víctima sufrió violencia continua, amenazas y hostigamientos. Además, subrayó que está presente el interés superior de dos menores de edad hijos de la víctima, pero no del acusado, que presenciaron los hechos.
RADIOGRAFIA DE LA VIOLENCIA
Según la información oficial, uno de los hechos denunciados por la víctima ocurrió en octubre de 2012. En la oportunidad, el acusado ingresó al domicilio sin autorización, desacomodó varios elementos, tomó a la mujer del cuello, le colocó un cuchillo y le dijo: "te voy a matar". La violenta situación se desarrolló ante la presencia de los hijos de la víctima y otros testigos.
El año pasado, en tanto, el agresor ingresó al lugar de trabajo de la mujer y le sustrajo la cartera y una campera. En este contexto, la representante de Fiscalía sostuvo que es evidente la desigualdad y dominio que el acusado ejerce sobre la víctima.
La acusadora describió que esta situación es producto de una cultura machista mediante la cual Silva considera que la mujer es un objeto de su propiedad y destacó normas jurídicas promovidas por el Estado Argentino, referidas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
En este marco, consideró que la violencia ejercida sobre la víctima configura una violación a los derechos humanos y las libertades individuales. En consecuencia, sostuvo que no correspondía prestar consentimiento para la aplicación de una suspensión de juicio a prueba.
Por su parte, la víctima manifestó que desde hace más de cuatro años sufre un hostigamiento continuo. En este sentido, le pidió a la Justicia que frene al agresor porque las cosas van a pasar a mayores.
A su turno, el abogado defensor sostuvo que la Fiscalía confundía la violencia familiar con la violencia de género, tratándose de cuestiones diferentes.
Para reforzar este concepto, Oyarzún citó fallos y resoluciones jurídicas. Asimismo, destacó que su asistido no registra antecedentes penales computables, por lo que correspondía solicitar la aplicación de este beneficio.
